Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 04/08/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 29 de junio de 2001, del Instituto Andaluz de la Juventud, mediante la que se amplía la de 26 de marzo de 2001, por la que se hacía pública la relación de beneficiarios de las ayudas económicas personales para el año 2000 a jóvenes andaluces para contribuir a los gastos de acceso a viviendas libres en régimen de propiedad, en virtud de la norma que se cita.

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Mediante la Orden de la Consejería de la Presidencia de 11 de febrero de 2000 (BOJA núm. 21, de 19 de febrero), se regulaban y convocaban ayudas económicas personales para el año

2000 a jóvenes andaluces para contribuir a los gastos de acceso a viviendas libres en régimen de propiedad.

Por Resolución de 26 de marzo de 2001 (BOJA núm. 48, de 26 de abril), del Instituto Andaluz de la Juventud, se hacía pública la relación de beneficiarios de las ayudas económicas personales para el año 2000 a jóvenes andaluces para contribuir a los gastos de acceso a viviendas libres en régimen de propiedad, en virtud de la norma anteriormente citada.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 109 de la Ley

5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el artículo 10 de la citada Orden, he resuelto hacer públicas las subvenciones concedidas al amparo de la misma, a los beneficiarios, por el importe y para la finalidad que se indica, y con cargo a la aplicación presupuestaria 01.01.32.01.00.485.03.22D.9, según la relación que figura como Anexo a la presente Resolución, ampliando la Resolución de 26 de marzo de 2001, anteriormente citada.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de

13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 29 de junio de 2001.- El Director General, Joaquín Dobladez Soriano.

A N E X O

AMPLIACION DE BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS ECONOMICAS PERSONALES PARA EL AÑO 2000 A JOVENES ANDALUCES PARA CONTRIBUIR A LOS GASTOS DE ACCESO A VIVIENDAS LIBRES EN REGIMEN DE PROPIEDAD

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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