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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de
2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto
137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las tarifas de transporte urbano colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TAGGSA; CONTINENTAL AUTO, S.A.; DAMAS, S.A.; ACS, S.A.; TRAPSA (UNION TEMPORAL DE EMPRESAS). ALMERIA
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Billete ordinario 115 ptas. Bono-Bus (10 viajes) 840 ptas. Bono-Bus Pensionista (10 viajes) 325 ptas. Bono-Bus Universidad (20 viajes) 1.260 ptas. Tarjeta mensual libre uso 3.685 ptas. Tarjeta mensual estudiantes libre uso 3.125 ptas. Billetes especiales 135 ptas.
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.
Sevilla, 13 de junio de 2001.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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