Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 04/08/2001

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

EDICTO de la Sección Segunda, dimanante del Rollo de Apelación civil núm. 5823/2000. (PD. 2205/2001).

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NIG: 4109137C20000000205.

Núm. Procedimiento: Apelación Civil 5823/2000. Asunto: 205579/2000.

Autos de: Ejecutivos 624/1997.

Juzgado de origen: 1.ª Instan. Sevilla núm. 20. Negociado: 7V.

Apelante: FECOTRANS (Federación de Cooperativas And. Transp.). Procurador: Arroyo Justicia, Ana.

Abogado:

Apelado: Fina Ibérica, S.A.

Procurador: Gordillo Cañas, Mauricio.

Abogado:

E D I C T O

Don Antonio Elías Pérez, Secretario de la Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Doy fe. Que en el Rollo de Apelación antes mencionado obra la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor siguiente

«SENTENCIA NUM. 580/01

Presidente Ilmo. Sr. Víctor Nieto Matas.

Magistrados, Ilmos. Sres. Rafael Márquez Romero, Carlos Piñol Rodríguez.

En la ciudad de Sevilla, a diez de julio de dos mil uno. Visto, por la Sección Segunda de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Ejecutivos seguido en el Juzgado referenciado sobre reclamación de cantidad. Interpone el recurso FECOTRANS (Federación de Cooperativas And. Transp.) que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por la Procuradora doña Arroyo Justicia, Ana, y defendido por el Letrado don Juan Antonio Cordero Huecas. Es parte recurrida Fina Ibérica, S.A., que está representado por el Procurador don Gordillo Cañas, Mauricio, y defendido por el Letrado don Antonio Falcón Romero, que en la instancia ha litigado como parte demandante. Siendo parte demandada EDEGATRANSAC, S.A., no personada en esta alzada.¯

F A L L A M O S

Desestimando el recurso de apelación interpuesto por FECOTRANS confirmarnos la sentencia codenándoles a las costas del recurso.

Así por esta nuestra Sentencia, juzgando definitivamente en segunda instancia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado-Ponente que la dictó en el lugar y fecha. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte rebelde EDEGATRANSAC por providencia de esta fecha el Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal y BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

En Sevilla, diez de julio de dos mil uno.- El/La Secretario Judicial.

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