Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 23/1/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 29 de diciembre de 2000, por la que se otorga una subvencion al Consorcio Centro de Transportes de Mercancías de Guadix para financiar las obras de la segunda fase del Centro de Transportes.

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En virtud de las competencias que el Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y el Reglamento de la misma confieren a la Junta de Andalucía en materia de transportes de mercancías cuyo ejercicio corresponde a la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en virtud de los Decretos del Consejo de Gobierno

278/1986, de 8 de octubre, y 161/1992, de 8 de septiembre, como, asimismo, las competencias que la legislación urbanística y de Régimen Local atribuyen al Ayuntamiento de Guadix en su término municipal, con fechas 29 de diciembre de 1998 y 1 de septiembre de 1999, fue suscrito por los entonces representantes de ambas Administraciones un Convenio de Cooperación para la creación del Consorcio para la promoción y gestión del Centro de Transportes de Mercancías de Guadix y aprobación de sus Estatutos y Addenda al mismo para la determinación de la forma y secuencia del pago de las correspondientes aportaciones.

Una vez finalizadas las obras contempladas en dicho Convenio, correspondientes a la 1.ª fase de construcción del Centro de Transportes de Mercancías, por el Presidente del Consorcio «C.T.M. de Guadix¯, se ha presentado el correspondiente Proyecto de Urbanización 2.ª fase, con una inversión prevista de 256.093.837 pesetas, solicitando para su financiación una subvención de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Por ello, dado que dichas obras habrán de llevarse a cabo por el Consorcio «C.T.M. de Guadix¯, teniendo en cuenta la propuesta que realiza la Dirección General de Transportes en la memoria que obra en el expediente, en la que se justifica el interés socioeconómico de impulsar el desarrollo del «C.T.M. de Guadix¯, y en virtud de lo estipulado en el art. 107 de la Ley

5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

HE RESUELTO

1.º Otorgar una subvención al Consorcio «Centro de Mercancías de Guadix¯ para el desarrollo de la 2.ª fase del mismo, por importe de 200 millones de pesetas.

Esta subvención, que tendrá como se ha dicho anteriormente carácter excepcional, dada la importancia socioeconómica de impulsar el desarrollo del Centro de Transportes de Mercancías de Guadix, se otorga para financiar las obras previstas en la

2.ª fase de ejecución de dicho C.T.M., con el siguiente calendario:

Año 2000: 50 millones de pesetas.

Año 2001: 75 millones de pesetas.

Año 2002: 75 millones de pesetas.

Total: 200 millones de pesetas.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de esta Resolución de concesión.

2.º El importe de la misma se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 01.15.00.03.00.744.00.41B.1., código de proyecto

1998000607, y se efectuará con la siguiente forma de pago:

- Una primera aportación por importe de 50 millones de pesetas, en concepto de anticipo, a justificar por el beneficiario en un plazo de seis meses desde la materialización del pago.

- El resto de las aportaciones se harán efectivas previa justificación de la inversión realizada, con aportación de certificaciones donde se especifiquen las inversiones

realizadas y de acuerdo con las anualidades presupuestarias vigentes, certificaciones éstas que deberá firmar el Secretario del Consorcio con el conforme del Presidente del Consorcio.

Como garantía precisa, tanto el importe procedente de la subvención como los gastos en que se emplee la misma, deberán quedar reflejados en la contabilidad y cuentas anuales del Consorcio, de conformidad con la legislación vigente. El beneficiario tiene la obligación de facilitar cuanta

información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Andalucía y la Intervención General de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de diciembre de 2000

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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