Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 16/8/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 2 de julio de 2001, de la Dirección General de Investigación y Formación Agraria y Pesquera, por el que se amplía el plazo para impartir cursos para la obtención de determinados títulos y tarjetas de identidad profesional marítimo pesquera.

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Mediante Resolución de 21 de julio de 2000 (BOJA núm. 93, de 12 de agosto de 2000), de la Dirección General de Investigación y Formación Agraria y Pesquera, se establece la fecha límite de matriculación para las titulaciones reguladas por el Ministerio de Agricultura y Pesca en el Real Decreto

930/1998. Ante la necesidad de continuar con los programas de formación para aquellas personas que hayan iniciado un plan formativo para la obtención de las titulaciones profesionales extinguidas, es necesario ampliar el plazo de la matriculación para las titulaciones reguladas en el mencionado Real Decreto, en los Centros autorizados, de manera acorde con el nivel de implantación de la Formación Profesional Específica de Grado Superior de las titulaciones relacionadas con la pesca y con las máquinas e instalaciones del buque, de manera que permita a los alumnos completar la formación iniciada.

La Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, en su artículo 3.º contempla como uno de sus fines primordiales la promoción de la Formación continuada de los Profesionales del Sector Pesquero.

Esta Comunidad Autónoma tiene asumidas las competencias en la materia, cuyas funciones y servicios fueron transferidas mediante el Real Decreto 2687/1983, de 21 de septiembre, sobre traspaso de Servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de pesca, por el que se transfieren competencias, entre otras, sobre la impartición de enseñanzas profesionales marítimo-pesqueras. Dichas competencias son ejercidas por la Consejería de Agricultura y Pesca, a través de esta Dirección General, según se establece en el Decreto

178/2000, de 23 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca. En su virtud, y en ejercicio de las competencias conferidas,

R E S U E L V O

Primero. Titulaciones.

En los Centros autorizados por la Consejería de Agricultura y Pesca, y a fin de asegurar la continuidad de la formación, se impartirán enseñanzas de las asignaturas y cursos dirigidos a la obtención de las titulaciones que habilitan para el ejercicio profesional de: Patrón de Pesca de Altura, Patrón de

1.ª clase de Pesca Litoral, Mecánico Naval Mayor, Mecánico Naval de 1.ª clase, hasta el curso 2002/2003.

Segundo. Matriculaciones.

1. Para las titulaciones que habilitan para el ejercicio como Patrón de Pesca de Altura y Mecánico Naval Mayor, podrán matricularse alumnos nuevos para cursos completos y alumnos con asignaturas pendientes de estas titulaciones para el curso

2001/2002, y sólo de asignaturas pendientes de estas titulaciones o por convalidación parcial de otras titulaciones, para el curso 2002/2003.

2. Para las titulaciones que habilitan para el ejercicio como Patrón de 1.ª clase de Pesca Litoral, Mecánico Naval de 1.ª clase, solo se admitirán hasta el curso 2002/2003 matriculaciones de alumnos con asignaturas pendientes de estas titulaciones o por convalidación parcial de otras titulaciones.

Tercero. Convocatorias.

Para titulaciones señaladas en el artículo primero, se efectuarán las convocatorias de examen en las fechas que se determinen para cada curso, siendo la última, en cualquier caso, anterior al 30 de junio de 2003.

Cuarto. Centros autorizados.

Los Centros autorizados referidos anteriormente son los siguientes:

- Instituto Politécnico de Formación Profesional Marítimo Pesquero del Estrecho de Cádiz.

- Escuela de Formación Profesional Náutico Pesquera de Huelva.

- Escuela de Formación Profesional Náutico Pesquera de Isla Cristina.

- Centro Reconocido de Formación Profesional Marítimo Pesquero de Almería.

Sevilla, 2 de julio de 2001.- La Directora General,

M. Carmen Hermosín Gaviño.