Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 16/8/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. ASOC. DE EMPRESAS DE PUBLICIDAD DE CORDOBA

ANUNCIO por el que se da publicidad a Resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia recaída en el expediente núm. 484/00, en cumplimiento de la misma. (PP. 2330/2001).

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«En el expediente tramitado en el Tribunal de Defensa de la Competencia con el núm. 484/00 (1618/97 del Servicio de Defensa de la Competencia), seguido por denuncia de don Manuel Aranda Gil actuando en nombre propio y en el de la Mancomunidad de Propietarios del Centro Comercial Zoco Córdoba contra las entidades Grupo de Comunicación del Sur, S.L., y Diario de Córdoba, S.A., por prácticas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia, se ha dictado Resolución con fecha 22 de enero de 2001, cuya parte dispositiva dice:

1. Declarar acreditada la realización de una conducta restrictiva de la competencia, prohibida por el artículo I de la Ley 16/1989, de Defensa de la Competencia, por parte de la Asociación Provincial de Empresas de Publicidad de Córdoba, consistente en la creación y puesta en marcha de un Indice de Morosos de las agencias de publicidad y medios de comunicación, pertenecientes a la Asociación, que no estaba autorizado.

2. Imponer a la Asociación Provincial de Empresas de Publicidad de Córdoba como autora de esta conducta la multa de ocho millones de pesetas (48.080,96 euros).

3. Intimar a la Asociación Provincial de Empresas de Publicidad de Córdoba para que cese en la conducta que se ha declarado prohibida y a que se abstenga de realizarla en el futuro.

4. Ordenar a la Asociación Provincial de Empresas de Publicidad de Córdoba que, en el plazo de dos meses, a contar desde la notificación de esta Resolución, dé traslado de la misma a todos sus asociados. En caso de incumplimiento, se le impondrá una multa coercitiva de 30.000 pesetas por cada día de retraso en el envío.

5. Ordenar a la Asociación de Agencias de Publicidad de Córdoba la publicación a su costa, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación, de la parte dispositiva de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en las páginas económicas de un diario de información general que tenga difusión en la provincia de Córdoba, debiendo dar cuenta de dicha publicación al Servicio de Defensa de la Competencia. En caso de incumplimiento, se le impondrá una multa coercitiva de 30.000 pesetas por cada día de retraso en la publicación.

6. La justificación del cumplimiento de lo ordenado en los apartados anteriores se hará ante el Servicio de Defensa de la Competencia.¯

Córdoba, 2 de agosto de 2001.- El Presidente, José Miguel Pessini Tévar.