Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 18/08/2001

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, mediante el que se publica Resolución de reintegro a la entidad que se cita, al haber resultado infructuosos los intentos de notificación relativo a expedientes de Formación Profesional Ocupacional.

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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dada la imposibilidad de practicar notificación a la entidad que a continuación se relaciona en el último domicilio conocido, se le hace saber a través del presente Anuncio que se ha dictado la siguiente Resolución en el expediente administrativo de reintegro:

Entidad: Asociación de Empresarios y Comerciantes de Churriana.

Núm. de expediente: 29-192/98-J, R-1.

Dirección: C/ Sedella, s/n.

Localidad: Churriana.

Provincia: Málaga.

Asunto: Notificando Resolución de expediente de reintegro.

Importe a reintegrar: 932.711 ptas. (842.400 ptas. de principal, más 90.311 ptas. de intereses).

Motivo: Incumplimiento de la obligación de justificación y de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de subvenciones.

El reintegro de carácter voluntario deberá efectuarse en cualquier entidad de crédito y de ahorro colaboradora en la gestión recaudatoria de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el modelo 046, en el siguiente plazo voluntario:

a) Si el acuerdo de reintegro se notifica entre los días 1 y

15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b) Si el acuerdo se notifica entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

En el modelo de ingreso deberá hacer constar que la causa es el reintegro de la subvención de que se trate (código territorial TR2901 y concepto 0500) y lo comunicará a este Organo, remitiéndole copia del mismo.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera verificado el reintegro, se procederá a su exacción por vía de apremio.

Asimismo, se les advierte expresamente a los interesados que contra la Resolución de reintegro, que agota la vía administrativa, pueden interponerse:

a) Potestativamente, recurso de reposición ante el Secretario General de Industria y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación. Y hasta tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la citada Ley

30/92.

b) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Informándoles que, para el cómputo de los plazos mencionados, la notificación se considera realizada a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Málaga, 19 de julio de 2001.- La Delegada, Isabel Muñoz Durán.

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