Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 25/08/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 17 de julio de 2001, por la que se trasladan enseñanzas de Música de Conservatorios Superiores a Conservatorios Profesionales, se modifican las plantillas orgánicas y se adscribe al profesorado correspondiente.

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Por Orden de 10 de abril de 2001 se ha autorizado a los Conservatorios Superiores de Música de Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla a impartir las enseñanzas de Grado Superior de Música establecidas en la LOGSE en las especialidades descritas en el Anexo XII.

A su vez, el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas (BOE de 28 de abril de 1992), establece en su artículo 9.º que los centros superiores impartirán únicamente las enseñanzas de Música correspondientes al Grado Superior.

Por otra parte, la Disposición Adicional decimocuarta.1 de la LOGSE determina, con las excepciones contenidas en la misma, que el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas impartirá las enseñanzas correspondientes al Grado Elemental y Medio y el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas el Grado Superior.

Finalmente, el Real Decreto 1112/1999, de 25 de junio, por el que se modifica y completa el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, regula la implantación de las nuevas enseñanzas de Música, así como la extinción del plan anterior.

Por ello, de acuerdo con la Disposición Adicional Decimocuarta del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, por el que se regulan los concursos de traslados de ámbito nacional para la provisión de plazas correspondientes a los Cuerpos Docentes, y con el fin de dar cumplimiento a lo anterior, esta Consejería ha dispuesto:

Artículo primero. 1. Las enseñanzas de Grado Medio que actualmente se imparten en el Conservatorio Superior de Música «Rafael Orozco¯ de Córdoba se trasladan, por cambio de enseñanzas, a partir del curso 2001/2002, al Conservatorio Profesional de Música de Córdoba.

2. Las enseñanzas de Grado Medio que actualmente se imparten en el Conservatorio Superior de Música «Victoria Eugenia¯ de Granada se trasladan, por cambio de enseñanzas, a partir del curso 2001/2002, al Conservatorio Profesional de Música de Granada.

3. Las enseñanzas de Grado Medio que actualmente se imparten en el Conservatorio Superior de Música de Málaga se trasladan, por cambio de enseñanzas, a partir del curso 2001/2002, al Conservatorio Profesional de Música «Manuel Carra¯ de Málaga.

Artículo segundo. Las plantillas orgánicas de los centros citados en el artículo primero quedan modificadas según el Anexo I de la presente Orden.

Artículo tercero. 1. El profesorado perteneciente al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, con destino definitivo en el Conservatorio Superior de Música «Rafael Orozco¯ de Córdoba, relacionado en el Anexo II, queda adscrito, por cambio de enseñanzas, con carácter definitivo, al Conservatorio Profesional de Música de Córdoba, con efectos 1 de septiembre de 2001.

2. El profesorado perteneciente al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, con destino definitivo en el Conservatorio Superior de Música «Victoria Eugenia¯ de Granada, relacionado en el Anexo III, queda adscrito, por cambio de enseñanzas, con carácter definitivo, al Conservatorio Profesional de Música de Granada con efectos 1 de septiembre de

2001.

3. El profesorado perteneciente al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, con destino definitivo en el

Conservatorio Superior de Música de Málaga, relacionado en el Anexo IV, queda adscrito, por cambio de enseñanzas, con carácter definitivo, al Conservatorio Profesional de Música «Manuel Carra¯ de Málaga con efectos 1 de septiembre de 2001.

Artículo cuarto. El profesorado perteneciente al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas con destino definitivo en el curso 1999/2000 en el Conservatorio Superior de Música de Sevilla, del que se desdobló por Decreto 190/1999, de 14 de septiembre, al Conservatorio Profesional de Música «Cristóbal de Morales¯ de Sevilla, relacionado en el Anexo V, queda adscrito con carácter definitivo y con efectos 1 de septiembre de 2000 al citado Conservatorio Profesional.

Artículo quinto. Los profesores incluidos en los Anexos citados en los artículos tercero y cuarto de esta Orden conservarán a todos los efectos la antig?edad que tuvieran en su centro de origen. Tal circunstancia se acreditará en la correspondiente diligencia de toma de posesión.

Disposición transitoria. Las enseñanzas de Grado Superior reguladas por el Decreto 2618/1966 seguirán impartiéndose, hasta su extinción, en los Conservatorios Superiores de Música.

Disposición final. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo

establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Sevilla, 17 de julio de 2001

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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