Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 25/08/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE JAEN

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

E D I C T O

Habiendo sido aprobadas por Resolución de esta Alcaldía- Presidencia de 1 de agosto de 2001, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, según redacción dada por la Ley

11/1999, de 21 de abril, las bases que han de regir para cubrir en propiedad 4 plazas de Administrativos, por medio del presente se efectúa la convocatoria de concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de acuerdo con las siguientes: B A S E S

I. Objeto de la convocatoria.Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 4 plazas de Administrativos, Escala Administración General, mediante el sistema de concurso-oposición, 1 en turno libre y 3 por promoción interna, dotadas con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo C y con las retribuciones complementarias que se establezcan.

II. Condiciones de los aspirantes.

1. Turno libre:

a) Ser español/a o nacional de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea y cumplir los requisitos de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, de acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, FP2 o equivalente, o dispensas que puedan estar previstas legalmente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma Local o Institucional ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

f) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.

2. Promoción interna:

a) Acreditar, al menos, dos años de servicios efectivos como funcionario de carrera perteneciente al Grupo inmediato inferior al que se aspira, en este Ayuntamiento, el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, FP2 o equivalente, o dispensas que puedan estar previstas legalmente.

c) Carecer en el expediente personal de anotaciones por faltas graves o muy graves en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las anotaciones ya canceladas.

III. Presentación de solicitudes.

Los/as aspirantes deberán presentar instancia, en modelo oficial, en la que soliciten tomar parte en el concurso y en la que manifiesten que cumplen todas y cada una de las condiciones generales exigidas en la Base II.

Las instancias se presentarán en el Registro General de la Corporación, de lunes a sábados, y de 9 a 13 horas, durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de su íntegra publicación en el de la Provincia de Jaén y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En función de lo prevenido en el art. 19 del R.D. 364/1995, de

10 de marzo, las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes.

Los/as aspirantes deberán ingresar la cuantía de 3.000 ptas. en la cuenta número 3067 0100 28 0250108304 abierta a nombre del Ayuntamiento de Jaén en la Caja Rural. Los derechos de examen no serán satisfechos cuando se trate de empleados públicos de este Ayuntamiento.

A la instancia se acompañará resguardo de haber satisfecho los derechos de examen.

IV. Admisión de aspirantes.Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde, dictará Resolución a propuesta de la Sección del Area de Personal en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as, que se hará pública en el BOP, exponiéndose además en el tablón de anuncios de la Corporación. En la Resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del art. de la Ley 30/1992, se concedan a los/as aspirantes excluidos/as, y se determinará el lugar, hora y fecha de constitución del Tribunal.

Asimismo, se hará público el nombramiento de los miembros del Tribunal Calificador.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

V. Tribunal.

Presidente. El de la Corporación o Concejal/a en quien delegue.

Vocales:

- Un/a funcionario/a público/a designado/a por la Junta de Andalucía.

- Un/a funcionario/a público/a designado/a por la Junta de Personal.

- Un/a funcionario/a Técnico/a designado/a por el Ilmo. Sr. Alcalde experto/a en la materia objeto de la convocatoria.

Secretario: El de la Corporación o funcionario/a en quien delegue.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mitad más uno de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Los/as vocales deberán estar en posesión de un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas.

VI. Procedimiento de selección.

La selección constará de dos fases: Una de concurso y otra de oposición.

La fase de concurso será previa a la de oposición.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.

La fase de oposición a turno libre se iniciará una vez

concluida la de promoción interna.

- Fase de concurso.

El Tribunal valorará los méritos alegados y justificados documentalmente por los interesados/as con arreglo al baremo establecido en el Anexo de esta Convocatoria.

Los/as aspirantes deberán acompañar a sus instancias

certificación expedida por el Organismo correspondiente, que justifiquen los servicios prestados en cualquier Administración Pública.

Asimismo, deberán presentar justificante, o copia compulsada, de los cursos que se hubiesen realizado en organismos

oficiales.

- Fase de oposición.

Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un test de preguntas concretas o un cuestionario sobre materias comunes del Programa Anexo, cuyo número determinará el Tribunal. El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la

realización del ejercicio será de 90 minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dos

supuestos prácticos a elegir por el aspirante, entre tres propuestos por el Tribunal y relacionados con las Materias Específicas del Programa anexo. El tiempo máximo de realización para los dos supuestos será de 4 horas.

El sistema de calificación de los ejercicios será el siguiente: Todos los ejercicios serán calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados aquéllos que no alcancen un mínimo de

5 puntos. Cada miembro del Tribunal otorgará de 0 a 10 puntos, adoptándose las calificaciones sumando las otorgadas y

dividiéndolas por el número de los miembros del Tribunal. Despreciándose las puntuaciones diferenciales en 3 puntos.

VII. Calificación del Tribunal.

En la Resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se determinarán el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la baremación de los méritos alegados por los aspirantes.

Los anuncios de las siguientes fases del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de edictos de la Corporación y en el lugar en que se hubieren celebrado las anteriores fases.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la

siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los

aspirantes para que acrediten su personalidad.

La duración máxima entre los ejercicios de la fase de oposición no podrá superar los 45 días.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan.

El Tribunal, una vez determinados los aprobados, que no podrán superar el número de plazas convocadas, elevará su propuesta, que se publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, empezando a contar desde ese día los plazos para las posibles impugnaciones y recursos a tenor de lo establecido en la legislación vigente.

El Tribunal que juzgará el proceso selectivo objeto de esta convocatoria se clasifica dentro de la quinta categoría, a los efectos prevenidos en el R.D. 236/1988, de 4 de marzo.

En lo no previsto en estas bases, el Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas e incidencias se presenten, adoptando las medidas necesarias para el normal desarrollo del concurso-oposición.

VIII. Presentación de documentos y nombramiento.

Los/as aspirantes aprobados/as aportarán dentro del plazo de veinte días naturales, contados desde la fecha en que se hagan públicas las relaciones de aprobados, la documentación que acredite cada uno de los requisitos especificados en la Base II de esta convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia.

Una vez presentada la documentación por los/as aspirantes, si ésta se halla conforme a lo dispuesto en estas bases, serán nombrados/as funcionarios/as de carrera, debiendo tomar posesión en el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente a aquél en que le sea notificado el nombramiento.

IX. Base final.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se derivan de la misma y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Para todo lo no previsto en las presentes bases, será de aplicación el R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el Régimen General de Ingreso en la Administración Pública de 10 de marzo de 1995, aprobado por R.D. 364/1995.

ANEXOS DE LA CONVOCATORIA

ANEXO I

BAREMO DE MERITOS PARA LA FASE DE CONCURSO

A) Méritos profesionales:

1.a) Por cada año completo como funcionario/a de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, 0,10 puntos.

Máximo: 1 punto.

1.b) Por cada año completo como funcionario/a de carrera en Cuerpos o Escala del Grupo D, prestado en Corporaciones Locales: 0,15 puntos.

Máximo: 1 punto.

1.c) Por cada año completo como funcionario/a de carrera en Cuerpo o Escala del Grupo D, prestados en el Excmo.

Ayuntamiento de Jaén: 0,25 puntos.

B) Méritos académicos:

- Título de Licenciado/a: 0,50 puntos.

- Título de Diplomado/a o equivalente: 0,25 puntos.

C) Méritos por cursos de formación y perfeccionamiento.

Siempre que se encuentren relacionados con las funciones a desarrollar y hayan sido organizados bien por una

Administración Pública, bien por una Institución Pública o privada en colaboración con la Administración Pública.

Puntuación:

- Hasta 14 horas o 2 días: 0,15 puntos.

- De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días: 0,20 puntos.

- De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días: 0,30 puntos.

- De 71 a 100 horas o de duración 13 a 20 días: 0,40 puntos.

- De 101 a 199 horas o de duración de 21 a 40 días: 0,50 puntos.

- De más de 200 horas o más de 40 días: 1,00 punto.

Los cursos en los que no se expresa duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la escala anterior.

Puntuación total para este apartado: 1 punto.

C) Méritos específicos. Ambito funcional.

Por estar desempeñando a la fecha de publicación de esta convocatoria un puesto en la Escala de Administración General:

2 puntos.

En la Escala de Administración Especial: 1 punto.

En el supuesto de que se produjera un empate, el Tribunal Calificador podrá resolver el mismo atendiendo preferentemente a los siguientes criterios:

- El orden de prelación en la correspondiente oposición que le dio acceso a la Administración Pública.

- El reconocimiento de servicios previos al amparo de la Ley

70/78, prestados en esta Corporación.

- El reconocimiento de servicios previos al amparo de la Ley

70/78 prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas.

ANEXO II

TEMAS FASE DE OPOSICION

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978: Principios Generales y estructura.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. Nociones generales sobre la Corona y los poderes del Estado.

4. La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. Tipología de los Entes Públicos. Las Administraciones del Estado, Autonómica, Local e Institucional.

5. La organización territorial del Estado. La Administración Autonómica: Principios informadores y organización.

6. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y disposiciones generales. Competencias y organización de la Comunidad Autónoma Andaluza.

7. Régimen Local español. Entidades que lo integran. Principios Constitucionales y regulación jurídica.

8. La Provincia en el Régimen Local. Organización provincial. Competencias.

9. El Municipio. Organización municipal. Competencias.

10. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones territoriales. La autonomía municipal y el control de la legalidad.

11. Elementos del Municipio: El término municipal. La

población. El empadronamiento.

12. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases: Especial referencia a las Ordenanzas Fiscales. Procedimiento de elaboración y aprobación.

13. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local. Organización, selección y situaciones

administrativas. Deberes de los funcionarios públicos.

Responsabilidad y régimen disciplinario.

14. La Ley de Haciendas Locales: Principios inspiradores. Clasificación de los ingresos. Participación de los municipios y provincias en los tributos del Estado.

15. El Presupuesto Local. Concepto. Principios presupuestarios. Contenido. Elaboración, aprobación y ejecución del presupuesto. Su liquidación, control y fiscalización.

16. Régimen jurídico del gasto público local.

MATERIAS ESPECIFICAS

17. Principios de actuación de la Administración Pública: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

18. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.

19. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Sus clases. El Reglamento. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

20. Los actos administrativos. Concepto y clases. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.

21. La Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento

Administrativo Común: Principios informadores y ámbito de aplicación.

22. El Procedimiento Administrativo (I): Sujetos, la

Administración y los interesados. Requisitos de la presentación de documentos. El Registro de entrada y salida.

23. El Procedimiento Administrativo (II): Dimensión temporal del procedimiento: Días y horas hábiles. Cómputo de plazos. Tramitación de urgencia.

24. El Procedimiento Administrativo (III): Iniciación y desarrollo.

25. El Procedimiento Administrativo (IV): Instrucción,

finalización y ejecución.

26. Los recursos administrativos. Concepto y Clases: Recurso de reposición y de revisión. La revisión de oficio de los actos administrativos.

27. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.

Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

28. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

29. La expropiación forzosa. Concepto y elementos.

Procedimiento general de expropiación: Fases.

30. La responsabilidad de la Administración Pública. Evolución histórica y régimen actual.

31. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada.

Procedimiento de otorgamiento de licencias: En especial, las licencias urbanísticas.

32. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

33. Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio público.

34. La Informática en la Administración Pública. El ordenador personal: Sus componentes fundamentales.

35. La ofimática. Tratamiento de textos, bases de datos y hojas de cálculo.

36. Organización del trabajo. Trabajo en equipo.

37. Análisis de tareas y de funciones. Las mejoras en los procedimientos.

38. Concepto y clases de documentos oficiales. Formación del expediente administrativo. Criterios de ordenación de archivos vivos o de gestión.

39. Técnicas de redacción, elaboración y representación de los documentos. Especial referencia al Manual de Estilo

Administrativo.

40. El Ayuntamiento de Jaén: Su organización.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Jaén, 1 de agosto de 2001.- La Alcaldesa en funciones.

Descargar PDF