Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 31/08/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 2 de agosto de 2002, de la Delegación del Gobierno de Granada, por la que se anuncia subsanación de errores relativa a la Orden de 5 de abril de 2002.

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De conformidad con lo establecido por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Orden de 5 de abril de

2002, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales Andaluzas que dispongan de Oficinas Municipales de Información al Consumidor para el año 2002, y examinada la documentación presentada por el Ayuntamiento de Marchal, se comprueba que la misma carece de la siguiente documentación justificativa que le es legalmente exigible:

- Proyecto descriptivo de las actividades a desarrollar por la OMIC en el año 2002.

- Certificado acreditativo del Presupuesto total que la Entidad Local destina a materia de consumo en el año 2002.

- Certificado del Acuerdo del Organo competente de la Entidad Local por el que se apruebe:

Presupuesto desglosado de las inversiones a realizar. Importe de la subvención que se solicita. En caso de que la Entidad Local se comprometa a colaborar en la financiación de la inversión, cantidad que aportaría.

- En caso de que la OMIC haya sido creada en los años 2001 ó

2002, certificado en el que conste la fecha de creación y el nombre del responsable de la misma.

Por todo lo cual, y en virtud de lo dispuesto en el artículo

6 de la Orden de 5 de abril de 2002, se le requiere para que en el plazo de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, proceda a efectuar la subsanación de los referidos errores mediante la remisión de la documentación solicitada al Servicio de Consumo de Granada de la Junta de Andalucía, sito en Plaza de los Campos, 4, 1.º B, de Granada.

En caso de no atenderse el presente requerimiento, se le tendrá por desistido en su petición, previa Resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.1 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre.

Se hace constar que el presente requerimiento está expuesto en el tablón de anuncios de la Delegación de Gobierno de Granada, sita en C/ Gran Vía, 34 (Granada).

Granada, 2 de agosto de 2002.- El Delegado del Gobierno, P.S.R. (D. 512/96), Pedro Alvarez López.

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