Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 31/08/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 8 de agosto de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 148/98, interpuesto por el Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Mediodía y por don José Suárez Suárez, y del auto dictado en el recurso de casación núm. 8/5014/2001.

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En el recurso contencioso-administrativo número 148/98, interpuesto por el Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Mediodía y por don José Suárez Suárez contra resolución de 27 de octubre de 1997, de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso ordinario interpuesto por la recurrente contra resolución de 10 de marzo de 1997, de la Delegación Provincial en Huelva, de dicha Consejería, en la que se acordó no admitir el certificado final de obra expedido por el Ingeniero de Minas don José Suárez Suárez en una instalación de industria de tubos protectores para uso forestal, que incluye como elemento esencial la instalación eléctrica, y situada en el polígono industrial Santa Bárbara de Tharsis, Exp. 14.107/96, instruido a instancia de la entidad «Ibérica Protectora de Arboles¯, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha 15 de marzo de 2001, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Mediodía y por don José Suárez Suárez contra la resolución de fecha 27 de octubre de 1997, dictada por la Consejería de Industria y Trabajo de la Junta de Andalucía, por considerarla conforme al Ordenamiento Jurídico, sin hacer expresa condena de costas procesales.¯

En el recurso de casación número 8/5014/2001, tramitado ante la Sala Tercera, Sección núm. 103 del Tribunal Supremo, a instancia de don José Suárez Suárez y del Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Mediodía, se ha dictado con fecha 13 de mayo de 2002, el Auto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«La Sala acuerda: Se declara desierto el recurso de casación preparado por Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Mediodía contra resolución dictada por Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el auto núm. 148/1998, con devolución, a la misma, de las actuaciones recibidas; no se hace expresa imposición de costas.¯

En virtud de lo establecido en el artículo 3.º5.ª de la Orden de 3 de octubre de 2000, de delegación de competencias, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 8 de agosto de 2002.- El Secretario General Técnico, (Orden de 16.7.02), El Director General de Economía Social, Fernando Toscano Sánchez.

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