Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 104 de 05/09/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 8 de agosto de 2002, de la Delegación Provincial de Granada, recaída en el expediente sancionador indicado dictada por el Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de fecha 5.7.2002.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vista la devolución efectuada por la Oficina de Correos de la notificación personal al interesado de la resolución recaída en el expediente sancionador que abajo se indica, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.4, en relación con el art. 61, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por Ley 4/1999, esta Delegación Provincial ha acordado su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la indicación de que contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo a elección del recurrente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, o ante la de la circunscripción donde aquél tenga su domicilio, del TSJA, en el plazo de dos meses contados ambos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, conforme a lo establecido en el art. 46.1 de la Ley 29/98, de

13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Quedando de manifiesto el referido expediente en el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial, situada en Dr. Guirao Gea, s/n, 1.ª y 2.ª planta «Edificio Fleming¯, de Granada.

Expediente: Gr-18/02-M; AF/PB.

Entidad sancionada: Mármoles Framelo, S.L; Ctra. de Tahal, s/n,

04867, Macael, (Almería).

Infracción: Arts. 5.3 de La Ley 22/73, de 21 de julio, de Minas, y 7.3 de su Reglamento, en relación con el art. del R.D.

2994/82, de 15 de octubre, sobre restauración de espacios naturales afectados por actividades extractivas. Sanción: Según art. 121 de la Ley de Minas y art. 147 de su Reglamento, se impone una sanción de 3.005,06 euros (500.000 ptas.).

Granada, 8 de agosto de 2002.- El Delegado, P.S.R. (Dto.

21/85), El Secretario General, Rafael Montes Fajardo.

Descargar PDF