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Mediante Orden de esta Consejería de 6 de mayo de 2002 (BOJA 11 de mayo), en el marco del Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, se efectuó convocatoria de ayudas económicas para la adquisición de libros de texto en la educación obligatoria en los centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso 2002/2003.
El artículo 9 de la citada Orden establecía un plazo de tres meses, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, para que por la Dirección General de Orientación Educativa y Solidaridad se resolviera la convocatoria y se publicara la relación de beneficiarios.
Circunstancias imponderables determinan la imposibilidad de resolver el procedimiento en el plazo inicialmente previsto, sin que, como consecuencia del período vacacional en que nos encontramos y, por tanto, la subsiguiente merma en la disponibilidad de efectivos, se haya podido resolver el problema mediante la aplicación de otros medios.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo
42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que permite que en circunstancias excepcionales pueda acordarse la ampliación del plazo máximo de resolución, y de acuerdo con la propuesta razonada formulada por el órgano competente para resolver, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:
Artículo único. Objeto.
Se amplía en un mes el plazo establecido en el artículo.1 de la Orden de esta Consejería de 6 de mayo de 2002, por la que se convocan ayudas económicas para la adquisición de libros de texto en la educación obligatoria en los centros docentes sostenidos con fondos públicos (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 11 de mayo).
Sevilla, 29 de agosto de 2002
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación y Ciencia
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