Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 26/01/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE MARCHENA

Anuncio de bases.

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Bases que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad, mediante oposición libre, de una plaza de Oficial de Segunda, Especialidad de Electricidad, Grupo retributivo D del artículo 14 del Convenio Colectivo del Ilustre Ayuntamiento de Marchena, vacante en la plantilla de Personal Laboral Fijo e incluida en la Oferta de Empleo Público para 1998 del Ayuntamiento de Marchena (Sevilla).

Primera. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es cubrir en propiedad, mediante oposición libre, una plaza de Oficial de Segunda, Especialidad de Electricidad, Grupo retributivo D, del artículo 14 del Convenio Colectivo del Ilustre Ayuntamiento de Marchena dotada con las retribuciones fijadas en el Convenio Colectivo del Ilustre Ayuntamiento de Marchena, e incluida en la Oferta de Empleo Público del año 1998.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Para tomar parte en la oposición será necesario que los/as solicitantes reúnan los siguientes requisitos a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias:

a) Ser español o, de acuerdo con lo establecido en la Ley

17/1993, de 23 de diciembre (BOE de 24.12.93), tener nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea, o la de cualquiera de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, FP1, especialidad en Electricidad o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local, ni hallarse inhablitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Tercera. Presentación de instancias.

a) Contenido.

Las instancias, ajustadas al modelo que se publica en el Anexo III, solicitando tomar parte en la oposición se dirigirán al Presidente de la Corporación, y en ella los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, acompañadas del justificante de abono de los derechos de examen.

b) Lugar y plazo.

Se presentarán en el Registro de Entrada de Documentos de la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en día inhábil.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Las instancias que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario/a de Correos.

Cuarta. Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 3.000 pesetas. Serán satisfechos por los/as aspirantes en la cuenta que a nombre del Ilustre Ayuntamiento de Marchena se encuentra abierta en "La Caixa" Caja Ahorros y Pensiones de Barcelona y cuyo núm. de cliente es 21002624460201000918 y dirección c/. San Pedro núm.

19 de Marchena (Sevilla).

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. Dichos derechos sólo serán devueltos en caso de no ser admitido/a en la Convocatoria y previa solicitud del interesado/a. El resguardo acreditativo se unirá a la instancia.

Quinta. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la

Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Edictos de la Corporación, concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanar posibles errores, que por su propia naturaleza sean subsanables, en los términos del art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo el Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal, que se hará público en la forma señalada con

anterioridad a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente. En dicho edicto se determinará el lugar, fecha y hora de constitución del Tribunal para la comprobación y calificación de los méritos del Concurso. Los sucesivos llamamientos se realizarán por medio del Tablón de Anuncios del Ilustre Ayuntamiento.

Sexta. Tribunal.

El Tribunal Calificador estará constituido de la forma que sigue:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales:

- El Concejal Delegado de Personal o Concejal en quien delegue.

- El Jefe de Personal Administrativo o personal laboral de grupo D) o superior en quien delegue.

- Arquitecto Técnico Municipal perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo o personal laboral de grupo D) o superior en quien delegue.

- Un empleado laboral y suplente pertenecientes, al menos, al grupo D, designado por el Comité de Empresa y nombrado por el Sr. Alcalde de la Corporación.

Los vocales deberán poseer titulación igual o superior a la exigida en la Base segunda.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir notificándolo al Sr. Alcalde, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Los aspirantes podrán recursar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias anteriormente citadas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente/a, Secretario/a y al menos dos vocales, titulares o suplentes, indistintamente.

Séptima. Sistema de selección.

El sistema de selección será el de oposición libre.

Constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de tipo test de 40 preguntas, durante un periodo máximo de treinta minutos, relacionadas con los temas que se incluyen en el apartado

A) Materias Comunes del Anexo I.

Las respuestas erróneas serán penalizadas con 0,1 puntos y descontadas de la puntuación proporcional obtenida.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de tipo test de 120 preguntas, durante un periodo máximo de sesenta minutos, relacionadas con los temas que se incluyen en el apartado B) Materias Específicas del Anexo II.

Las respuestas erróneas serán penalizadas con 0,1 puntos y descontadas de la puntuación proporcional obtenida.

Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución o realización de una o varias pruebas prácticas relacionadas con la plaza a cubrir, cuyo contenido y duración serán determinados por el Tribunal.

Octava. Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios de la oposición serán calificados por cada miembro del Tribunal, otorgando una puntuación de 0 a 10 puntos, quedando eliminado el opositor que no alcance 5 puntos, en cada uno de ellos.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios de la oposición.

Novena. Relación de aprobados, presentación de

documentos y nombramientos.

Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aprobados, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones otorgadas en cada prueba y el resultado final. Los interesados podrán interponer reclamación en el plazo de tres días ante el Tribunal, y éste deberá resolver en idéntico plazo la reclamación. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso ordinario, en el plazo de un mes, ante el Presidente de la Corporación. Igualmente podrá interponerse directamente recurso ordinario en dicho plazo, sin necesidad de reclamación previa ante el Tribunal.

La relación definitiva de aprobados, una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se expondrá en el Tablón de Anuncios y será elevada al Presidente de la Corporación para que formule la correspondiente contratación. En dicha relación figurarán los aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.

Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base 2.ª y que son:

- Fotocopia compulsada del Documento Nacional de

Identidad, vigente según Resolución de 5.11.85.

- Copia autenticada o fotocopia, que deberá presentarse acompañada del original para su compulsa, del título de Graduado Escolar o equivalente, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

Si estos documentos estuvieran expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron sus estudios.

- Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o

defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función, expedido por la Delegación Territorial de Sanidad.

- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

- Declaración jurada de no hallarse incurso en casos de incapacidad o incompatibilidad.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento debiendo presentar certificación del Ministerio, Corporación Local y Organismo Público del que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.

Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser contratados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso se propondrá para su contratación a aquel candidato que le siga por orden de puntuación y que habiendo superado todos los ejercicios de la convocatoria, no hubiese sido propuesto por no existir número suficiente de plazas a cubrir, requiriéndosele para que en el plazo de veinte días naturales presente la documentación pertinente a efectos de poder ser contratado.

Una vez aprobada la propuesta por el Presidente de la

Corporación, se efectuará la contratación en el plazo de treinta días hábiles a contar del siguiente al que les sea notificada su propuesta. Quienes no se presentaren en el plazo señalado perderán el derecho a dicha contratación.

El solo hecho de presentar instancias solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases reguladoras de la misma que tienen consideración de Ley Reguladora de esta convocatoria.

La presente convocatoria, bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos, formas y plazos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a partir de la publicación de la misma en los Boletines anteriormente citados.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto en estas bases y disposiciones vigentes que regulen la materia.

Todos los avisos, citaciones y convocatorias que el

Tribunal haya de hacer a los aspirantes que no sean los que obligatoriamente se mencionan en estas bases, se realizarán únicamente por medio del Tablón de Anuncios.

Marchena, 1 de octubre de 2001.- El Alcalde.

ANEXO I

A) MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución Española: Concepto.

Promulgación. Antecedentes. La Constitución de 1978.

Composición. Principios generales. Contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles: Antecedentes.

Tratamiento constitucional. Clasificación. Descripción de lo clasificado. Garantías de las libertades públicas y de los derechos fundamentales. Suspensión de los derechos y libertades.

Tema 2. El Estado: Concepto. Naturaleza y fines.

Elementos. Organización del Estado: Organización institucional. Organización territorial. La división de poderes: La Corona. Funciones del Rey. El poder legislativo. Concepto. Elaboración y aprobación de las Leyes. Clases de Leyes. La reforma

constitucional. El Gobierno. Concepto. Composición. El poder judicial. Tramitación constitucional y principios. El orden jurisdiccional. La organización judicial.

Tema 3. La organización territorial del Estado: Preceptos constitucionales. La Administración Local. El régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía de

Andalucía.

Tema 4. Principios de actuación de la Administración

Pública: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. Fuentes del Derecho Público. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

Tema 5. Principios generales del procedimiento

administrativo: Fases del procedimiento administrativo. El Silencio Administrativo. Los Recursos Administrativos.

Tema 6. El acto administrativo. La invalidez del acto

administrativo.

ANEXO II

B) MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 1. Circuito eléctrico. Ley de Ohm.

Tema 2. Conductores. Resistencia del conductor.

Formación de cuerdas. Formación de cuerdas de cableado

concéntrico. Aislamientos. Cubiertas. Armaduras y su

comportamiento.

Tema 3. Tubos protectores. Clases de tubos protectores. Condiciones a considerar en la elección del diámetro del tubo necesario. Colocación de tubos.

Tema 4. Sistemas de instalación. Canalizaciones con

conductores desnudos sobre aisladores. Canalizaciones con conductores aislados sobre aisladores. Canalizaciones con conductores aislados bajo tubos protectores. Canalizaciones con conductores aislados sin tubos protectores. Paso a través de elementos de la construcción.

Tema 5. Protecciones contra sobre intensidades en una

instalación. Situación de los dispositivos de protección. Características generales de los dispositivos de protección. Protección contra sobre tensiones de origen atmosférico.

Tema 6. Esquemas, posibles, de distribución en función de las conexiones a tierra de la red de alimentación y de las masas de la instalación receptora. Prescripciones especiales en las redes de distribución para la aplicación del esquema TN.

Tema 7. Medidas de tensión, en corriente continua y

alterna, operaciones y conexiones a realizar. Clases de medidores de tensión y descripción generalizada del funcionamiento de cada una de ellas.

Tema 8. Medidas de frecuencia, en corriente alterna,

operaciones y conexiones a realizar. Clases de medidores de frecuencia y descripción generalizada del funcionamiento de cada una de ellas. Medida del factor de potencia, operaciones y conexiones a realizar. Medida de la potencia activa en una instalación de corriente alterna, operaciones y conexiones a realizar. Medida de la potencia en una instalación de corriente continua, operaciones y conexiones a realizar.

Tema 9. Medida de la resistencia eléctrica en un receptor, operaciones y conexiones a realizar. Medida del aislamiento de una instalación, operaciones y conexiones a realizar. Medida de la rigidez dieléctrica en una instalación, operaciones y conexiones a realizar. Clases de medidores de resistencia, aislamiento y rigidez dieléctrica.

Tema 10. Lámparas de incandescencia, normales y

halógenas. Lámparas a descarga de mercurio, fluorescentes, alta presión, mezcladoras y halogenuros metálicos. Lámparas a decarga de sodio, baja presión y alta presión.

Tema 11. Generalidades sobre las máquinas eléctricas,

definición y clasificación. Constitución general de una máquina eléctrica. Pérdidas de potencia en las máquinas, definición general, clases de pérdidas y descripción de cada una de ellas. Rendimiento de las máquinas.

Tema 12. Dinamos de corriente continua, generalidades, bobinados de inducido e inductor. Dinamo de excitación

independiente. Dinamos autoexcitada, serie, derivación o shunt y compuestas o compound. Acomplamiento eléctrico de dinamos.

Tema 13. Alternadores, generalidades, bobinado de

inducido, acoplamiento en paralelo de alternadores. Motores síncronos, generalidades, funcionamiento en carga. Arranque de los motores síncronos.

Tema 14. Motores asíncronos, fundamento y construcción, funcionamiento, puesta en marcha y regulación de la velocidad. Motores monofásicos, generalidades. Motor monofásico con bobinado auxiliar, principio de funcionamiento. Motor monofásico de espira en cortocircuito, principio de funcionamiento. Motor universal, generalidades y principios de funcionamiento.

Tema 15. Transformadores, generalidades y principio de funcionamiento. Constitución general de un transformador monofásico. Constitución y funcionamiento de un transformador polifásico. Generalidades y funcionamiento del transformador de tensión. Generalidades y funcionamiento del transformador de intensidad.

Tema 16. Nociones sobre líneas de distribución de AT.

Nociones sobre aparatos de maniobra y protección de AT. Canalizaciones subterráneas y al aire.

Tema 17. Derecho de los trabajadores a la protección frente a los riesgos laborales. Obligación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.

Tema 18. Energía solar fotovoltaica.

Tema 19. Aparatos de maniobra y mando.

Tema 20. Alumbrado público en el Municipio de

Marchena. Instalaciones eléctricas en edificios y recintos Municipales.

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