Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 19/09/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 15 de julio de 2002, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se otorga autorización administrativa previa a la ejecución de las instalaciones de distribución de gas natural en el término municipal de Roquetas de Mar (Almería). (PP. 2285/2002).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La empresa Meridional de Gas, S.A., con CIF núm. A-

41791675 y domicilio social en Avda. Medina Olmos, 40, de Guadix (Granada), presentó el 23.9.98, ante la Delegación Provincial de Trabajo e Industria, solicitud de concesión administrativa para la distribución de gas natural por canalización para usos domésticos, comerciales e industriales en el término municipal de Roquetas de Mar.

Segundo. Con fecha 20 de septiembre de 2000, la Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Almería resuelve declarar que se ha producido renuncia por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar a la reserva efectuada para la prestación del suministro de gas en su término municipal al haber transcurrido dos años sin que se inicien las obras correspondientes. Asimismo, se acuerda la continuación del expediente, si bien las solicitudes de concesión devienen en autorizaciones administrativas por los cambios normativos que se han producido en la materia.

Tercero. Con fecha 1 de diciembre de 2000, Meridional de Gas, SAU, manifiesta que continúa interesada en la solicitud de Autorización Administrativa para la distribución de gas natural por canalización para usos domésticos, comerciales y pequeños industriales en el término municipal de Roquetas de Mar.

Cuarto. El expediente fue sometido al trámite de Información Pública, publicándose anuncios a tal efecto en el Boletín Oficial del Estado de 12.2.01, en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería de 26.1.01, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 22.2.01, así como en el periódico «La Voz de Almería¯ de 16.1.01.

Quinto. Transcurrido el período de veinte días hábiles de Información Pública, se formularon alegaciones por Repsol Butano, S.A., las cuales fueron contestadas por la peticionaria.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Provincial es competente para resolver el presente expediente, de conformidad con lo establecido en los Reales Decretos 1091/81, de 24 de abril, y

4164/82, de 29 de diciembre, por los que se transfieren a la Junta de Andalucía las competencias en materia de Industria, Energía y Minas, así como lo dispuesto en su Estatuto de Autonomía, y lo indicado en el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, de Reestructuración de Consejerías, y en el Decreto 244/2000, de 31 de mayo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Segundo. En la tramitación del expediente se han cumplido los requisitos y condiciones establecidos en la Ley 34/97, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/99, de 13 de enero.

En consecuencia, visto el expediente GLP-T/871 y dado que el ámbito de la instalación no sobrepasa los límites de la provincia, ni pertenece a la Red Básica de Gasoductos, esta Delegación

RESUELVE

Primero. Otorgar a Meridional de Gas, SAU, la Autorización Administrativa Previa para la ejecución de las instalaciones necesarias para la distribución de gas natural mediante canalización en el casco urbano de la población de Roquetas de Mar, en su 1.ª Fase, de acuerdo al proyecto, anexo y demás documentación presentados en su día ante esta Delegación Provincial y registrados en el expediente GLP-T/871, cuyas características principales se detallan a continuación:

Estación de almacenamiento:

- 1 depósito criogénico de 60 m?.

- 1 serpentín PPR recipiente criogénico.

- 1 línea de gasificación atmosférica GNL.

- 1 recalentador sumergido de GNL y sistema de seguridad por gas frío.

- 1 sistema de odorización.

- 1 estación de regulación y medida.

- Instalaciones auxiliares.

Red de distribución:

Segundo. El plazo de ejecución de las obras correspondientes será de 24 meses, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución en el BOJA.

Tercero. La empresa Meridional de Gas, SAU, constituirá en el plazo de dos meses, a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el BOJA, garantía por valor de diecinueve mil noventa y ocho con noventa y cuatro euros (19.098,94), importe correspondiente al 2% del presupuesto que figura en el

expediente, conforme a lo dispuesto en el art. 67.3 de la Ley

34/98, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

Dicha garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos de la Consejería de Economía y Hacienda a disposición de la Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Almería, en metálico o en valores del Estado, mediante aval bancario con entidades de seguros de las sometidas a la Ley

33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado. Deberá remitirse a esta Delegación Provincial la documentación acreditativa de la constitución de la citada garantía en un plazo de treinta días de su materialización.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la Reglamentación vigente, dentro del plazo de un año, a partir del otorgamiento de la presente Autorización, el titular deberá solicitar autorización para el correspondiente proyecto detallado de las mismas, que incluya un plan de ejecución.

La puesta en servicio de las instalaciones y el suministro de gas deberá realizarse en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha en la que se formalice el Acta de Puesta en Marcha por esta Delegación Provincial, para lo que la empresa

Meridional de Gas, SAU, deberá aportar el correspondiente Certificado Final de Dirección Facultativa y aquellos otros certificados que se refieren al resultado de las pruebas y ensayos reglamentarios realizados por la empresa instaladora y/o los Organismos de Control Autorizados, según determina la vigente reglamentación técnica aplicable.

Quinto. La presente Autorización se otorga sin perjuicio de aquéllas que correspondan, por razón de su competencia, a otros Organismos de las Administraciones Públicas competentes en la materia y que fuesen necesarias por razones fiscales, de ordenación del territorio y urbanismo, de protección del medio ambiente, de la seguridad de las personas y bienes o de cualquier otra circunstancia.

Sexto. Finalmente exponer que en virtud de lo dispuesto por el artículo 67.5 de la Ley 34/98, de 7 de octubre, el

incumplimiento de las condiciones y requisitos de la presente Autorización, o la variación sustancial de su presupuesto, podrá dar lugar a su revocación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente, de conformidad con lo establecido en el art..2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Almería, 15 de julio de 2002.- El Delegado, Clemente García Valera.

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