Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 24/09/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 24 de junio de 2002, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se reconoce oficialmente e inscribe a la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Pandora.

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Vista la solicitud presentada el 22 de septiembre de 2000 por don José Luis Fernández Camacho, en nombre y representación, y en calidad de coordinador de la Entidad Titular «Asociación Pandora Equipo Interdisciplinar¯, según consta acreditado documentalmente en el expediente, en orden al reconocimiento por el Instituto Andaluz de la Juventud, de la Consejería de la Presidencia, de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural «Pandora¯, y su inscripción en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural, dependiente de dicho organismo, se dicta la presente Resolución, a la que sirven de motivación los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

H E C H O S

Primero. Con fecha 21 de octubre de 1997 se reúne la Asamblea extraordinaria de la Asociación Pandora, en la que se acuerda, entre otras cuestiones, la modificación de la denominación de la misma y de sus Estatutos. Con fecha 25 de marzo de 1998, por Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, queda aprobada la modificación de los Estatutos de la citada Asociación, pasando a denominarse «Asociación Pandora, Equipo Interdisciplinar¯. Con la misma fecha esta modificación es inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, siendo visados sus nuevos Estatutos.

Segundo. Con fecha 22 de septiembre de 2000 (reg. de entrada núm. 4.153 de la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud en Málaga), don José Luis Fernández Camacho, en calidad de Coordinador de la Entidad «Asociación Pandora, Equipo Interdisciplinar¯, procedió a solicitar el reconocimiento oficial de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural «Pandora¯, adjuntando documentación y extremos exigidos por el Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, por el que se regulan las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm., de 6 de septiembre de 1987).

Tercero. Examinado el expediente iniciado como consecuencia de la solicitud y documentación anexa presentada por la «Asociación Pandora, Equipo Interdisciplinar¯, se comprueba que la misma resulta incompleta, por lo que con fecha 16 de enero de 2001 (reg. de salida núm. 901) se envía al interesado informe al objeto de que subsane las deficiencias observadas y acredite los requisitos exigidos por el Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, por el que se regulan las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Con fecha 22 de noviembre de 2001 (reg. de entrada núm. 4.049) la Entidad «Asociación Pandora, Equipo Interdisciplinar¯, a través de su representante, presenta nueva documentación en la que se subsanan, en el sentido advertido por el informe de subsanación de fecha 16 de enero de 2001, los vicios de los que adolecía la documentación anterior, acreditando la titulación y experiencia en el campo de la animación sociocultural del Director de la Escuela de Tiempo Libre y del profesorado.

Así mismo, se presenta una nueva redacción de los Estatutos y de las Normas de Régimen Interno de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural «Pandora¯, adaptada a las observaciones efectuadas en el informe de subsanación.

Quinto. Por la Secretaría de Alumnos, adscrita al Servicio de Formación, Investigación y Documentación de este Organismo Autónomo, con fecha 17 de junio de 2002, se ha emitido el correspondiente informe, del que se desprende que la Entidad «Asociación Pandora Equipo Interdisciplinar¯, ha presentado la documentación exigida por el Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, entre la que se encuentran los Estatutos que han de regir el funcionamiento de la Escuela citada.

En dichos Estatutos consta, como es reglamentario, la

denominación de la entidad titular y la de la propia Escuela, domicilio, recursos económicos, las normas de régimen interno, los órganos de dirección, administración y el sistema de participación. Así mismo, presentan el Proyecto Educativo, que es conforme a las normas constitucionales y la Memoria de las instalaciones, locales y recursos didácticos de que dispone la Escuela así como los Programas de formación de los diferentes niveles, ajustándose adecuadamente al programa oficial

establecido por la Consejería de Cultura en la Orden de 21 de marzo de 1989.

También se acompaña a la referida documentación,

certificaciones acreditativas de los extremos que se requieren en el citado Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, por el que se regulan las Escuelas de Tiempo Libre y Animación

Sociocultural en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para resolver sobre el reconocimiento de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural

corresponde al Instituto Andaluz de la Juventud en virtud de lo establecido en el artículo del Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, por el que se regulan las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA núm. 92, de 6 de noviembre), en relación con la

Disposición Adicional Primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, de Medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público (BOJA núm., de 31 de diciembre), por la que se crea el Instituto Andaluz de la Juventud, como Organismo Autónomo adscrito a la Consejería de la Presidencia, y el Decreto 118/1997, de 22 de abril (BOJA núm. 49, de 26 de abril), por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamiento del citado Instituto.

Segundo. El Proyecto de creación de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural «Pandora¯ cumple las exigencias establecidas en el citado Decreto 239/1987, de 30 de

septiembre; se ha presentado la documentación exigida en su artículo 4, recogiéndose en los Estatutos y en el Reglamento de Régimen Interno de la misma lo establecido por los artículos 5 y 6 del citado Decreto en cuanto a los órganos de participación y equipo docente.

Tercero. El Programa de Formación presentado por la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural «Pandora¯ para los niveles de Monitor de Tiempo Libre, y de Animador

Sociocultural, se adecua a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Cultura, de 21 de marzo de 1989, por la que se establecen los Programas de Formación de las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA núm., de 3 de abril), para los niveles

indicados.

En virtud de lo expuesto, previo informe de reconocimiento favorable de fecha 17 de junio de 2002 y, teniendo en cuenta las disposiciones citadas anteriormente y demás normas de general aplicación,

HE RESUELTO

1. Reconocer oficialmente a la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural «Pandora¯, con sede en C/ Antonio Ferrándiz, edificio Vega Nerja, bajo, 29780, Nerja (Málaga).

2. Ordenar la inscripción de la misma en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural de

Andalucía.

3. Sellar y diligenciar los Estatutos de la Escuela citada, así como remitir copia de los mismos a la Entidad Titular.

4. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Notifíquese esta Resolución al interesado en la forma

establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común; advirtiéndole que la misma no agota la vía administrativa y que contra ella cabe

interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación,

pudiéndose dirigir el escrito al Instituto Andaluz de la Juventud, o directamente a la Consejería de la Presidencia, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 24 de junio de 2002.- El Director General, Joaquín Dobladez Soriano.

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