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ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha 31 de mayo de 2002, es solicitada por el Ilmo. Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda la Declaración de Fiesta de Interés Turístico Nacional de Andalucía para la Semana Santa de dicha localidad.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Mediante Resolución de 3 de julio de 2002, el Consejero de Turismo y Deporte resuelve declarar Fiesta de Interés Turístico Nacional de Andalucía la Semana Santa de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), con todos los derechos inherentes a tal declaración, al haber quedado suficientemente acreditado, de la documentación presentada por el Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), que en la Semana Santa de dicha localidad existen caracteres de antigüedad en su celebración, originalidad y diversidad de actos que suponen manifestación de valores propios y de tradición popular de interés turístico, cumpliéndose así lo previsto en el artículo 2 de la Orden de 20 de mayo de 1997.
Vistos los antecedentes citados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la citada Orden de 20 de mayo de
1997,
R E S U E L V O
Hacer pública la Declaración de Interés Turístico Nacional de Andalucía la Semana Santa de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz).
Sevilla, 10 de julio de 2002.- El Director General, Marcelino Méndez-Trelles Ramos.
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