Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 10/10/2002

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

DECRETO 222/2002, de 30 de julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación del Territorio del Poniente de la provincia de Almería, y se crea su Comisión de Seguimiento.

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La Comunidad Autónoma Andaluza tiene, conforme dispone el artículo 13.8 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, competencia exclusiva en materia de política territorial, una de cuyas manifestaciones, la primera en ser recogida, es la referida a la ordenación del territorio.

En ejercicio de esa competencia, y con fundamento en el objeto que se marca la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma, de regular los instrumentos y los procedimientos necesarios para el ejercicio por la Junta de Andalucía de su competencia en materia de ordenación territorial, mediante el Decreto 6/1996, de 9 de enero, el Consejo de Gobierno acordó la formulación del Plan de Ordenación del Territorio del Poniente de la Provincia de Almería, si bien con posterioridad fue modificado su ámbito mediante el Decreto 20/1998, de 3 de febrero. Según la citada normativa dicho documento de ordenación territorial habría de elaborarse conforme a lo previsto y regulado en los Capítulos II y IV del Título I de la citada Ley 1/1994, de 11 de enero, y a lo dispuesto en el propio Decreto 6/1996.

La Comisión de Redacción constituida al efecto, como órgano responsable de la dirección y seguimiento de los trabajos, en su sesión de 15 de febrero de 2000 informó favorablemente el documento de Plan elaborado y propuso iniciar su tramitación. En consecuencia, previo informe de los departamentos de la Junta de Andalucía interesados en razón de su competencia, mediante Resolución de 22 de mayo de 2000 de la Consejera de Obras Públicas y Transportes, el Plan fue sometido a información pública y, simultáneamente, se dio audiencia a la Administración General del Estado, a la Diputación Provincial de Almería y a los Ayuntamientos afectados.

Concluidos los tramites de información pública y de audiencia, acordadas por la Comisión de Redacción del Plan las modificaciones a introducir en el documento derivadas de las alegaciones recibidas, previos informes favorables de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería y de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Obras Públicas y Transportes, tras su examen por la Comisión Delegada de Planificación y Asuntos Económicos, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 30 de julio de 2002,

DISPONGO

Artículo 1. Aprobación del Plan.

Se aprueba el Plan de Ordenación del Territorio del Poniente de la provincia de Almería que figura como Anexo al presente Decreto, cuyo ámbito territorial comprende íntegramente los términos municipales de El Ejido, La Mojonera, Roquetas de Mar, Vícar, Dalías, Berja, Adra, Enix y Félix.

Artículo 2. Creación de la Comisión de Seguimiento. Se crea la Comisión de Seguimiento del Plan de Ordenación del Territorio del Poniente de la provincia de Almería, con la composición y objetivos que se regulan en el presente Decreto.

Artículo 3. Composición y funciones de la Comisión de Seguimiento.

1. La Comisión de Seguimiento del Plan de Ordenación del Territorio del Poniente de la provincia de Almería estará presidida por el/la titular de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, e integrada por los siguientes miembros:

a) El/la titular de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería;

b) Los/as titulares de las Delegaciones Provinciales en Almería de las Consejerías de Turismo y Deporte, de Economía y

Hacienda, de Empleo y Desarrollo Tecnológico, de Obras Públicas y Transportes, de Agricultura y Pesca, de Salud, de Educación y Ciencia, de Cultura, y de Medio Ambiente;

c) Un/a representante de la Administración General de Estado;

d) El/la Presidente/a de la Diputación Provincial de Almería o persona en quien delegue; y

e) Los/as alcaldes/esas de los Ayuntamientos incluidos en el ámbito del Plan o personas en quienes deleguen.

2. La Secretaría de la Comisión será desempeñada, con voz y sin voto, por un/una funcionario/a adscrito/a a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en Almería.

3. En el seno de la Comisión se podrán constituir Ponencias sectoriales y zonales para el desarrollo de las actividades e intervenciones singulares que afecten a ámbitos concretos o a cuestiones sectoriales del Plan.

4. Corresponde a la Comisión de Seguimiento el impulso y fomento de las actividades de desarrollo, gestión, ejecución y seguimiento del Plan y, en concreto, las siguientes:

a) Conocer e informar sobre los objetivos y contenidos de los planes y programas que se formulen en desarrollo del Plan de Ordenación del Territorio del Poniente de la provincia de Almería.

b) Conocer e informar sobre los convenios interadministrativos de colaboración que se suscriban para la ejecución de las actuaciones contenidas en el Plan de Ordenación del Territorio del Poniente de la provincia de Almería.

c) Conocer y evaluar los Informes de Seguimiento previstos en el artículo 13 de la Normativa del Plan.

d) Informar los documentos de Actualización del Plan, previstos en el artículo 14 de la Normativa del Plan, con carácter previo a su aprobación.

Disposición adicional única. Prevalencia de las

determinaciones de aplicación directa.

De conformidad con lo establecido en el apartado 4 del artículo

23 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del

Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las

determinaciones del Plan de Ordenación del Territorio del Poniente de la provincia de Almería que sean de aplicación directa prevalecerán, desde su entrada en vigor, sobre las determinaciones del planeamiento urbanístico general vigente en el ámbito de dicho Plan.

Disposición transitoria primera. Adaptación del planeamiento urbanístico vigente.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, el planeamiento urbanístico general vigente de los municipios del Poniente de la provincia de Almería deberá adaptarse a las determinaciones del Plan que aprueba el presente Decreto en el plazo máximo de cuatro años desde la entrada en vigor de éste.

Disposición transitoria segunda. Adaptación del planeamiento urbanístico en tramitación.

El planeamiento urbanístico general de los municipios del Poniente de la provincia de Almería, que estuviera formulándose a la entrada en vigor del Plan que aprueba este Decreto, deberá adaptarse a sus determinaciones, con independencia de la fase de tramitación que hubiera alcanzado.

Disposición derogatoria única.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan lo establecido en este Decreto y expresamente, en el ámbito específico que comprende el Plan de Ordenación del Territorio del Poniente de la Provincia de Almería, quedan derogadas las determinaciones que, respecto a dicho ámbito, vienen contenidas en:

a) El Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la provincia de Almería;

b) Las Directrices del Litoral de Andalucía, aprobadas por Decreto 118/1990, de 17 de abril.

Disposición final primera. Habilitación para su desarrollo normativo.

Se autoriza al/ la titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes para dictar cuantas disposiciones precise la ejecución y desarrollo de este Decreto.

Disposición final segunda. Autorización para el desarrollo de las funciones y objetivos de la Comisión de Seguimiento. Se autoriza al/la titular de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo a dictar las resoluciones que precise el desarrollo y ejecución de las funciones y objetivos de la Comisión de Seguimiento del Plan de Ordenación del Territorio del Poniente de la provincia de Almería.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de julio de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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