Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 15/10/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 5 de septiembre de 2002, del Servicio Andaluz de Salud, sobre delegación de competencias en la Dirección del Distrito de Atención Primaria Nordesde-Ubeda para la firma de un Convenio.

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La Ley de Salud de Andalucía (Ley 2/98, de 15 de junio) establece las competencias sanitarias que corresponden a la Administración Local y a la Administración de la Junta de Andalucía y permite y promueve la colaboración entre las mismas. En concreto en su art. 38 plantea la colaboración de los Ayuntamientos y de la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía en la remodelación, equipamiento, conservación y mantenimiento de centros y servicios sanitarios.

El art. 11 del Decreto 245/2002, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, atribuye a esta Dirección Gerencia las competencias genéricas en materia de contratación administrativa, entre las que se incluyen las relativas al establecimiento de convenios de colaboración con otras Instituciones.

No obstante, el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, permite la delegación del ejercicio de determinadas competencias en otros órganos, cuando razones de oportunidad o conveniencia así lo aconsejen.

En virtud de lo expuesto,

R E S U E L V O

Delegar en el titular de la Dirección del Distrito Sanitario de Atención Primaria Nordes-Ubeda, de la provincia de Jaén, el ejercicio de las competencias necesarias para suscribir un convenio de colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Puente Génave para la conservación y mantenimiento de bien inmueble.

En los acuerdos que se adopten en virtud de esta delegación, deberá hacerse constar la oportuna referencia a esta Resolución.

Sevilla, 5 de septiembre de 2002.- El Director Gerente, Juan C. Castro Alvarez.

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