Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 19/10/2002

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Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 16 de septiembre de 2002, de la Delegación Provincial de Sevilla, Comisión Provincial de Medidas de Protección, dictada en los expedientes números 2001/41/0021, 0022, 0023 y 0024, sobre protección de menores, por la que se acuerda declarar la situación legal de desamparo y constituir el acogimiento familiar permanente de los/as menores que se citan.

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Núms. Exptes.: 2001/41/0021, 0022, 0023 y 0024. Nombre y apellidos:

Don Eduardo Díaz Ferruz.

Doña Milagros Rosa Montes.

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose don Eduardo Díaz Ferruz y doña Milagros Rosa Montes en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios; se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a los/as menores afectados/as.

Con fecha 16 de septiembre de 2002, la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación de Asuntos Sociales de Sevilla, en los expedientes de protección de menores

2001/41/0021, 0022, 0023 y 0024, dictó resolución acordando:

1.º Declarar la situación legal de desamparo de los/as menores E.D.R., M.ª C.D.R., A.D.R. y A.D.R. nacidos/as en Sevilla los días 7 de octubre de 1985, 16 de julio de 1987, 19 de septiembre de 1989 y 21 de agosto de 1993, respectivamente, y sobre la base de tal declaración asumir, en su condición de Entidad Pública de protección de menores, la tutela de dichos/as menores.

2.º Constituir el acogimiento familiar de los/as menores mediante la suscripción del documento de formalización de dicho acogimiento familiar, al que prestarán su consentimiento los/as menores si tienen doce años cumplidos, su madre, su padre o tutor, y la persona seleccionada a tal efecto doña Carmen Montes Caballero.

3.º Caso de que el padre y la madre o el tutor de los/as menores no consienten o se opongan, se constituye dicho acogimiento familiar de forma provisional, a la vez que se acuerda presentar ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) competente, la oportuna propuesta de constitución judicial de dicho acogimiento familiar; propuesta que deberá presentarse judicialmente de manera inmediata y, en todo caso, en el plazo de máximo 15 días desde la constitución del acogimiento provisional.

4.º Mantener como régimen de relaciones familiares de los/as menores con su padre, madre, parientes y allegados/as el establecido en el correspondiente acta de condiciones del acogimiento familiar. Este régimen se mantendrá en tanto esta Entidad Pública u Organo judicial competente no estime oportuna su modificación.

Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, don Eduardo Díaz Ferruz y doña Milagros Rosa Montes, en paradero desconocido, podrán comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto, núm. 89, 3.ª planta.

Se les significa que contra la misma podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital, y por los trámites establecidos en los arts. 779 y ss. de la LEC, sin perjuicio de poder formular, con carácter potestativo, reclamación previa ante el Excmo. Sr. Consejero de Asuntos Sociales, de conformidad con lo establecido en los arts. 120 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley

4/99, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el art. 49.4 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

Sevilla, 16 de septiembre de 2002.- El Delegado, Francisco Obregón Rojano.

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