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NIG: 4109100C20010029628.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 936/2001. Negociado: D. Sobre: Liberación de cargas.
De: Don Angel Monteseirín Portillo.
Procurador: Sr. Angel Martínez Retamero 29. Contra: Inversiones Acran, S.L.
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento proced. ordinario 936/2001-D seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Diesiséis de Sevilla a instancia de Angel Monteseirín Portillo contra Inversiones Acran, S.L., sobre Liberación de cargas, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:
S E N T E N C I A
En Sevilla, a 28 de junio de 2002.
Vistos por don Antonio María Rodero García, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diesiséis de los de esta ciudad los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos con el núm. 936/01 a instancia de Angel Monteseirín Portillo, representado por el Procurador Sr. Martínez Retamero y asistido de la Letrada Sra. Moya contra Inversiones Acran, S.L., declarado en rebeldía, sobre cancelación de condición resolutoria.
F A L L O
Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Martínez Retamero en nombre y representación de Angel Monteseirín Portillo contra Inversiones Acran, S.L., debo declarar y declaro que la cantidad de 1.467.372 ptas., actualmente 8.819,08 euros, garantizadas por la condición resolutoria que grava la finca núm. 2.350 de libro 42 del Registro de la Propiedad núm. Tres de Sevilla y que aparece en su inscripción tercera, fue pagada a la demandada, y debo condenar y condeno a la referida demandada a estar y pasar por tal declaración y a otorgar escritura de cancelación de la condición resolutoria expresada, con apercibimiento que si no lo hiciere se proceda de oficio en ejecución de la presente. Con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.
Notifíquese esta Resolución a las partes contra la que cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla en el plazo de 5 días que se acomodará a los trámites previstos en los arts. 457 y siguientes de la LEC.
Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Inversiones Acra, S.L., con domicilio desconocido, extiendo y firmo la presente en Sevilla, diecisiete de septiembre de dos mil dos.- El/La Secretario.
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