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Visto el expediente tramitado a instancia de la Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., para la aprobación y declaración de utilidad pública de las instalaciones correspondiente al proyecto de referencia, y en orden a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante escrito con fecha de Registro de entrada 18 de octubre de 2001, don Miguel Angel Moreno Amezcua, en representación de la mercantil Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., solicitó la aprobación de proyecto de una línea aérea de 66 kV, entre la Subestación de Villanueva de Algaidas y Subestación de Archidona. La autorización administrativa para la construcción de esta instalación eléctrica fue otorgada por Resolución de esta Delegación Provincial de fecha 23 de noviembre de 2001.
En este escrito se solicitaba, asimismo, la declaración en concreto de la utilidad pública de estas instalaciones, implicando ésta la urgente ocupación a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. A esta solicitud la compañía peticionaria adjuntó relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que consideraba de necesaria expropiación u ocupación.
Segundo. El trámite de información pública de este expediente se realizó mediante exposición en el tablón de edictos de los Ayuntamientos de Archidona y Villanueva de Algaidas y publicado en BOE núm. 92, de 17 de abril de 2002; BOJA núm. 41, de 9 de abril de 2002; BOP de Málaga núm. 42, de 4 de marzo de 2002, y diario Sur de 18 de febrero de 2002.
Durante el período de alegaciones, doña María Isabel Luque Cabrera y don Carlos Martínez Pérez solicitaron la ampliación del cálculo de la servidumbre de sobrevuelo de la servidumbre por vuelo. Esta alegación fue aceptada por la beneficiaria de la expropiación, por lo que por esta Delegación Provincial en fecha 7 de junio de 2002, se resolvió retrotraer este procedimiento administrativo al momento de la exposición pública, acordando la apertura del período de información pública y alegaciones.
Tercero. De acuerdo con lo establecido en la citada Resolución de 7 de junio de 2002, se procedió a realizar de nuevo el trámite de información pública, que incluía la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados, con las correcciones señaladas en la precitada Resolución, mediante exposición en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Archidona y Villanueva de Algaidas y anuncio en las siguientes publicaciones:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 84, de 18 de julio de 2002.
Boletín Oficial del Estado núm. 172, de 19 de julio de 2002. Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 129, de 8 de julio de 2002.
Diario Sur de fecha 24 de junio de 2002.
Cuarto. Durante el período de información pública formularon alegaciones doña Teresa Lorenzale Huelín, doña Teresa Miranda Lorenzale, don Emilio Miranda Valdés, don José Luis Miranda Valdés, Promociones Familo, S.L., quienes muestran su oposición al trazado propuesto por existir otras líneas eléctricas actualmente en su propiedad, cercanía de la línea a vivienda de su propiedad; agresión al paisaje de la vega de Archidona y por la perturbación que supone la existencia de estas líneas eléctricas y sus apoyos en las actividades agrícolas. Acompaña cada uno de ellos en sus escritos plano con el mismo trazado alternativo.
Asimismo, presentaron escrito de alegaciones doña Isabel Luque Cabrera y don Carlos Martínez Pérez, quienes manifiestan que los apoyos núms. 1 y 2 del proyecto deben desplazarse a las fincas colindantes a la suya puesto que aquéllas son propiedad de Oleoliva, S.A., mercantil que generará la energía eléctrica que se distribuirá con la instalación objeto de este
expediente, por lo que debería soportar el emplazamiento de estos apoyos; solicitan además la rectificación de superficie sobrevolada por los conductores y que por estar esta finca próxima al foco industrial de la localidad el valor de la indemnización debe ajustarse a esta circunstancia.
Quinto. Trasladados los escritos de alegaciones citados a la entidad beneficiaria de este procedimiento, ésta contestó mediante escritos de fecha 12 de agosto de 2002, complementado con otro de fecha 5 de septiembre, a requerimiento de esta Delegación Provincial. A lo alegado por doña Teresa Lorenzale Huelín, doña Teresa Miranda Lorenzale, don Emilio Miranda Valdés, don José Luis Miranda Valdés, Promociones Familo, S.L., que el trazado de esta línea eléctrica se ajusta fielmente al contenido del anteproyecto que se tramitó por esta Delegación Provincial y se dictó resolución favorable con fecha 23 de noviembre de 2001; que dicho trazado cuenta con resolución favorable al estudio de impacto medioambiental dictado por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente.
Sexto. Por escrito de 18 de agosto de 2002, don Miguel Angel Moreno Amezcua, en nombre de la beneficiaria, solicitó la aprobación parcial del proyecto presentado y la declaración en concreto de su Utilidad Pública, a los efectos legales
oportunos de los tramos comprendidos desde el origen de esta línea eléctrica hasta el apoyo núm. 24 inclusive y desde el apoyo núm. 27 hasta el apoyo 33, ambos inclusive.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Provincial es competente para
conocer y resolver el presente expediente conforme a lo establecido en los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y
4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Industria, Energía y Minas; Decreto del Presidente 6/2000, de
28 de abril, sobre reestructuración de las Consejerías, y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, que regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.
Vistos la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico; Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre
Autorización de Instalaciones Eléctricas; Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954; Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de
1957, y demás disposiciones de especial y pertinente
aplicación, en especial la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Delegación Provincial
RESUELVE
Aprobar el proyecto de ejecución y declarar la utilidad pública en los tramos comprendidos desde el origen de esta línea eléctrica hasta el apoyo núm. 24 inclusive y desde el apoyo núm. 27 hasta el apoyo 33, ambos inclusive, a los efectos previstos en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Málaga, 6 de septiembre de 2002.- La Delegada, Isabel Muñoz Durán.
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