Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 22/10/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 15 de octubre de 2002, por la que se modifica la de 3 de septiembre de 2002, por la que se regulan y convocan las ayudas para la asistencia técnica de las almazaras con el fin de contribuir a la mejora del medio ambiente y al aumento de la Mejora de la Calidad de la Producción de Aceite de Oliva para la campaña 2002-2003 (BOJA núm. 106, de 10.9.2002).

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La Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 11 de julio de 2002, por la que se desarrolla parcialmente la Sección

3.ª, sobre ayudas para fomentar la calidad agroalimentaria, del Decreto 280/2001, de 26 de diciembre, por la que se establecen las ayudas de la Junta de Andalucía a los sectores agrícola, ganadero y forestal incluidas en el Programa Operativo Integrado Regional de Andalucía para el Desarrollo del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006, en lo referente a ayudas para la implantación de Sistemas de Calidad Industrial, concede ayudas a empresas agroalimentarias que inicien dicho proceso de implantación a partir de la fecha de entrada en vigor de la citada Orden.

Tras la publicación de esta norma, no procede que estas mismas actuaciones continúen siendo objeto de ayuda por el Programa de Mejora de la Calidad de la Producción de Aceite de Oliva como en anteriores ejercicios.

No obstante, existen almazaras que iniciaron la implantación de los sistemas de calidad con fecha anterior a la entrada en vigor de la Orden de 11 de julio de 2002, antes citada, por lo que no podrán acogerse al régimen de ayudas que la misma contempla. Del mismo modo, tampoco se pudieron subvencionar con cargo al Programa de Mejora de la Calidad de la Producción de Aceite de Oliva campaña 2001/02 al no tener certificación de fecha anterior al 30 de abril de 2002.

Al objeto de salvar esta situación y propiciar que los futuros reajustes de gastos del Programa de Mejora de la Calidad de la Producción de Aceite de Oliva 2002/03 puedan destinarse, en el mismo ejercicio, para la implantación de las normas de calidad ISO 9000 ó 14000 por parte de aquellas almazaras que se encuentren en la situación descrita, resulta procedente modificar de la Orden de 3 de septiembre de 2002, por la que se regulan y convocan las ayudas para la asistencia técnica de las almazaras con el fin de contribuir a la mejora del medio ambiente y al aumento de la Mejora de la Calidad de la Producción de Aceite de Oliva para la campaña 2002-2003.

En virtud de lo anterior, en uso de las facultades que me confiere el artículo 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y a propuesta del titular de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria,

D I S P O N G O

Artículo único. Se introduce una disposición transitoria única en la Orden de 3 de septiembre de 2002, por la que se regulan y convocan las ayudas para la asistencia técnica de las almazaras con el fin de contribuir a la mejora del medio ambiente y al aumento de la Mejora de la Calidad de la Producción de Aceite de Oliva para la campaña 2002-2003, con el siguiente tenor literal:

Disposición transitoria única. Las almazaras que iniciaron el proceso de implantación de las normas de calidad ISO 9000 ó

14000 con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de 11 de julio de 2002, por la que se desarrolla parcialmente la Sección 3.ª, sobre ayudas para fomentar la calidad agroalimentaria, del Decreto 280/2001, de 26 de diciembre, podrán acogerse al régimen de ayudas que se contempla en la letra b) del artículo 3.1 de la presente Orden siempre que la certificación se obtenga entre el 1 de mayo de 2002 y el 30 de abril de 2003, y las disponibilidades presupuestarias existentes lo permitan. En todo caso, sólo serán auxiliables los gastos que la implantación de las normas de calidad originen durante dicho período.

Sevilla, 15 de octubre de 2002

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

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