Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 29/10/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 4 de octubre de 2002, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones en materia de Infraestructura Turística correspondiente al ejercicio 2002, al amparo de la Orden que se indica.

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En virtud de Resolución de 19 de diciembre de 2001 (BOJA núm. 10, de 24 de enero), de la Dirección General de Planificación Turística, se efectuó convocatoria de subvenciones en materia de infraestructura turística dirigida a Entidades Locales y a pequeñas y medianas empresas correspondiente al ejercicio 2002, cuya resolución está atribuida a esta Delegación Provincial para los proyectos de ámbito provincial, según se establece en el artículo 11 de la Orden de 22 de diciembre de 2000, por la que se regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones en materia de infraestructura turística (BOJA núm., de 16 enero), modificada recientemente por Orden de 18 de junio de 2002 (BOJA núm. 83, de 16 de julio).

Examinadas las solicitudes y documentación presentadas, se aprobó la lista provisional de admitidos y excluidos, ofreciéndose el correspondiente plazo de subsanación de los defectos observados por medio de Resolución de fecha 18 de marzo de 2002 (BOJA núm., de 18 de abril); vencido dicho plazo, y analizadas las correspondientes alegaciones y subsanaciones, se dictó resolución aprobando las listas definitivas de admitidos y excluidos con fecha 25 de mayo de 2002 (BOJA núm.

68, de 11 de junio).

Dada la insuficiencia presupuestaria para atender todos los proyectos que, reuniendo los requisitos exigibles, habían sido declarados admitidos, la valoración de los mismos se ha efectuado en atención a los criterios establecidos en el artículo 7 de la Orden reguladora de la convocatoria, que se refieren a:

I. El grado de adecuación a las prioridades establecidas para cada uno de los proyectos subvencionables: En las líneas de creación, reforma y modernización de establecimientos hoteleros y de creación, reforma y modernización de restaurantes con gastronomía típica andaluza, se han priorizado proyectos en establecimientos hoteleros de categoría superior a dos estrellas o que mejoren la calidad de la oferta. II. El cumplimiento de anteriores subvenciones concedidas en materia de Turismo.

III. Adecuación a las prioridades que en función del interés turístico se establecen en la convocatoria:

a) Actuaciones de iniciativa privada: En la línea de creación de nuevos productos turísticos, se han priorizado proyectos que suponen una vinculación con alguno de los siguientes turismos específicos: Turismo de golf, turismo activo, turismo gastronómico.

b) Actuaciones de iniciativa local: En las líneas de puesta en valor turístico de elementos patrimoniales singulares, señalización turística, y adecuación de miradores panorámicos, se ha dado prioridad a proyectos que suponen una vinculación con alguno de los siguientes turismos específicos: Turismo de golf, turismo activo.

IV. El interés turístico del proyecto para el municipio y/o la provincia: Se ha optado por impulsar la calidad en la oferta de establecimientos emblemáticos de la provincia, de establecimientos situados en la Ruta del Renacimiento, y en el entorno de Parques Naturales, favoreciendo el turismo cultural y el paisajístico; por otro lado se ha considerado el interés divulgativo de los recursos existentes con la incorporación elementos audiovisuales a servicios turísticos complementarios. Igualmente, se ha considerado el interés del producto turístico «Sierra Morena, Tierra Minera¯.

La dotación presupuestaria con cargo a la cual se financiarán las subvenciones concedidas se encuentra cargada en las aplicaciones que se citan, con la siguiente distribución de anualidades:

- Empresas:

01.14.00.01.23.775.01.75B.7.

01.14.00.17.23.775.02.75B.3.

31.14.00.17.23.775.02.75B.7.2003.

11.14.00.17.23.775.00.75B.1.2001.

- Entidades Locales:

01.14.00.01.23.765.03.75B.0.

01.14.00.17.23.765.02.75B.4.

31.14.00.01.23.765.03.75B.3.2003.

11.14.00.17.23.765.00.75B.2.2001.

Consta en el expediente la correspondiente fiscalización previa de conformidad relativa a la resolución de la

convocatoria por parte de la Intervención Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda.

En atención a los antecedentes expuestos, y en uso de la competencia que se atribuye a este órgano en el artículo de la Orden de 22 de diciembre de 2000 mencionada,

RESUELVO

Primero. Conceder a las empresas y Entidades Locales que se relacionan en los Anexos núms. I y II, respectivamente, las subvenciones que se citan, con el objeto, cuantía, plazo, porcentaje de financiación (calculado sobre el presupuesto presentado) y condiciones de otorgamiento que, asimismo, se detallan. En el plazo de 20 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, el

beneficiario deberá formular aceptación o renuncia expresa en los términos recogidos en la Resolución dictada; en el caso de Entidades Locales se procederá a formalizar el correspondiente Convenio de Colaboración entre la Entidad beneficiaria y la Consejería de Turismo y Deporte, de cuyo modelo-tipo aprobado con la convocatoria consta la aceptación por parte de los solicitantes.

Segundo. Los proyectos subvencionados de carácter privado deberán estar ejecutados en los plazos que se indican en el Anexo I de la presente Resolución. Los proyectos suscritos por las Entidades Locales deberán estar ejecutados en el plazo que se indica en el Anexo II de esta Resolución, computado en la forma establecida en el respectivo Convenio de Colaboración.

Tercero. El abono de la subvención se realizará del siguiente modo:

- Para las Entidades privadas, la subvención se podrá abonar en uno o más pagos, previa justificación de la inversión realizada (los documentos justificativos a presentar por duplicado deberán agruparse en función del concepto desglosado del presupuesto presentado con la solicitud, acompañados en los proyectos que proceda de certificación de obra suscrita por facultativo y visada, y en los demás casos de memoria

explicativa de las actividades desarrolladas, estudios y proyectos elaborados, en su caso).

- Para las Entidades Locales la subvención se abonará en la forma siguiente: Con el carácter de pago en firme de

justificación diferida, se podrá efectuar el primer pago de hasta un 75%; los libramientos sucesivos se harán efectivos previa presentación de los correspondientes documentos

acreditativos de la inversión, aplicándose el porcentaje de participación de la Junta de Andalucía al importe de la inversión ejecutada. En todo caso, un 25% se abonará a la presentación de los documentos justificativos por el 100% de la obra ejecutada, en su caso, aprobados por el pleno del

Ayuntamiento u órgano competente de la Entidad Local. No obstante podrá efectuarse el abono del 100% de la subvención con el carácter de pago en firme de justificación diferida para aquellas subvenciones de cuantía igual o inferior a seis mil diez con doce euros.

El pago de la subvención se liquidará atendiendo al importe de inversión ejecutada en el periodo establecido en la resolución de concesión, pudiendo referirse la documentación acreditativa al período de justificación.

Cuarto. El importe definitivo de la subvención se liquidará aplicando al coste de la actividad o inversión efectivamente realizada por el beneficiario, según justificación, el

porcentaje de financiación definido en el Anexo correspondiente de esta Resolución.

Quinto. Los beneficiarios están obligados a mantener la inversión subvencionada durante un período mínimo de cinco años.

Sexto. Constituyen, igualmente, obligaciones del beneficiario de la subvención:

1. Realizar la actividad subvencionada en el plazo y en la forma establecida en esta resolución de concesión.

2. Justificar ante la entidad concedente en el plazo de tres meses a partir de la finalización del período de ejecución, la realización de la actividad o la adopción del comportamiento, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión y disfrute de la subvención.

3. El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, a las de control que correspondan a la Intervención general de la Junta de Andalucía, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como de los Servicios Financieros de la Comisión Europea y del Tribunal de Cuentas Europeo.

4. Facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como de los Servicios Financieros de la Comisión Europea y del Tribunal de Cuentas Europeo.

5. Comunicar al concedente la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquiera Administraciones Públicas o Entes, públicos o privados, estatales o internacionales en el plazo de 15 días desde la notificación de las mismas.

6. Acreditar previamente al cobro de la subvención que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales frente a la Comunidad Autónoma así como no ser deudor de la misma por cualquier otro ingreso de derecho público, en caso de no estar incluido en alguno de los supuestos de exoneración a que se refiere la Orden de la Consejería y Hacienda de 31 de octubre de 1996, o bien de estar exonerado con carácter particular por el Consejero de Turismo y Deporte cuando concurran

circunstancias de especial interés social. Asimismo, deberá acreditarse el haber obtenido todas las licencias e informes que sean preceptivos, en particular los exigidos por la normativa medioambiental.

7. Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto subvencionado que los mismos están subvencionados por la Junta de Andalucía, indicando la concesión por la Consejería de Turismo y Deporte. Asimismo, deberá cumplirse con las disposiciones que sobre información y publicidad establece la Unión Europea.

8. Las entidades privadas deberán comunicar al Organo

concedente de la subvención todos aquellos cambios de domicilio a efectos de notificaciones durante el período en que la ayuda es susceptible de control.

Séptimo. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de una subvención o el incumplimiento de las condiciones impuestas, y en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes, públicos o privados, estatales o no, podrán dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión o, en su caso, del Convenio, o la declaración de pérdida de efectos de los mismos y, en ambos casos, si procede, el reintegro. En este sentido, el beneficiario queda obligado a comunicar al órgano concedente cualquier eventualidad que altere o dificulte gravemente el desarrollo de la actividad o inversión

subvencionada.

Octavo. Se hace constar que la Unión Europea participa en la financiación de estos proyectos a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), no pudiendo concurrir ninguna otra ayuda comunitaria.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo ante la Consejería de Turismo y Deporte recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, o requerimiento de anulación del acto para el caso de las Entidades Locales en el plazo de dos meses, a contar de igual modo, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 44 y 46 de la Ley

29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Jaén, 4 de octubre de 2002.- La Delegada, Marta Jiménez Castellano.

ANEXO I (EMPRESAS)

Expediente: JA005EPI02.

Beneficiario: Sierra Hotel DV, S.L.

Localidad: Andújar.

Objeto: Reforma de hall de recepción, entrada de hotel y creación de salón.

Inversión aprobada: 107.280,00 euros.

Subvención: 16.092,00 euros. Porcentaje: 15%.

Plazos de ejecución:

Inicio: 1.3.02.

Terminación: 1.3.03.

Expediente: JA020EPI02.

Beneficiario: Virginia Tour, S.L.

Localidad: Jaén.

Objeto: Reservas y contratación de servicios turísticos rurales on-line.

Inversión aprobada: 179.591,95 euros.

Subvención: 26.938,79 euros. Porcentaje: 15%.

Plazos de ejecución:

Inicio: 1.3.02.

Terminación: 1.3.03.

Expediente: JA014EPI02.

Beneficiario: Mesón Río Chico, S.L.

Localidad: Jaén.

Objeto: Adaptación e implantación nuevas tecnologías.

Inversión aprobada: 4.298,18 euros.

Subvención: 644,73 euros. Porcentaje: 15%.

Plazos de ejecución:

Inicio: 1.5.02.

Terminación: 30.9.02.

Expediente: JA008EPI02.

Beneficiario: Antonio Camacho Garrido.

Localidad: Jaén.

Objeto: Instalación de ascensor, modernización y remodelación de instalaciones.

Inversión aprobada: 52.046,00 euros.

Subvención: 7.806,90 euros. Porcentaje: 15%.

Plazos de ejecución:

Inicio: 1.3.02.

Terminación: 31.12.02.

Expediente: JA018EPI02.

Beneficiaria: María Isabel Sevilla López.

Localidad: Linares.

Objeto: Reforma y modernización de establecimiento hotelero. Inversión aprobada: 289.315,10 euros.

Subvención: 43.397,27 euros. Porcentaje: 15%.

Plazos de ejecución:

Inicio: 1.3.02.

Terminación: 1.10.02.

Expediente: JA007EPI02.

Beneficiario: Cervanhotel, S.L.

Localidad: Linares.

Objeto: Adquisición de maquinaria y mobiliario por ampliación de hotel en 889 M.

Inversión aprobada: 300.799,54 euros.

Subvención: 45.119,93 euros. Porcentaje: 15%.

Plazos de ejecución:

Inicio: 1.6.02.

Terminación: 31.3.03.

Expediente: JA027EPI02.

Beneficiario: Hospedería de Ubeda Navarro, S.L.

Localidad: Ubeda.

Objeto: Equipamiento habitaciones, menaje y maquinaria. Inversión aprobada: 29.813,78 euros.

Subvención: 4.472,07 euros. Porcentaje: 15%.

Plazos de ejecución:

Inicio: 1.5.02.

Terminación: 31.8.02.

Expediente: JA026EPI02.

Beneficiario: Atlante Ubeda y Baeza Turismo, S.L.L.

Localidad: Ubeda.

Objeto: Servicio turístico complementario a oferta existente. Inversión aprobada: 63.587,08 euros.

Subvención: 9.538,06 euros. Porcentaje: 15%.

Plazos de ejecución:

Inicio: 1.3.02.

Terminación: 30.11.02.

Expediente: JA003EPI02.

Beneficiario: Francisco Egea Ortega.

Localidad: Ubeda.

Objeto: Creación de restaurante con gastronomía típica

andaluza.

Inversión aprobada: 260.492,96 euros.

Subvención: 39.073,94 euros. Porcentaje: 15%.

Plazos de ejecución:

Inicio: 1.7.02.

Terminación: 30.6.03.

ANEXO II (ENTIDADES LOCALES)

Expediente: JA009CLI02.

Beneficiario: Ayuntamiento.

Localidad: Andújar.

Objeto: Adecuación Torre Reloj como mirador panorámico. Inversión aprobada: 52.521,00 euros.

Subvención: 36.764,70 euros. Porcentaje: 70%.

Plazos de ejecución:

Inicio: Dos meses, a contar desde la firma del Convenio. Terminación: Cinco meses.

Expediente: JA003CLI02.

Beneficiario: Ayuntamiento.

Localidad: Linares.

Objeto: Puesta en valor turístico de la Torre de Perdigones y naves anexas de la antigua Fundición «La Cruz¯ (1.ª Fase). Inversión aprobada: 115.750,00 euros.

Subvención: 81.025,00 euros. Porcentaje: 70%.

Plazos de ejecución:

Inicio: dos meses, a contar desde la firma del Convenio. Terminación: Once meses.

Expediente: JA002CLI02.

Beneficiario: Ayuntamiento.

Localidad: Linares.

Objeto: Puesta en valor turístico de elementos patrimoniales: Iluminación.

Inversión aprobada: 49.996,00 euros.

Subvención: 34.997,20 euros. Porcentaje: 70%.

Plazos de ejecución:

Inicio: Dos meses, a contar desde la firma del Convenio. Terminación: Once meses.

Expediente: JA001CLI02.

Beneficiario: Ayuntamiento.

Localidad: Linares.

Objeto: Señalización turística.

Inversión aprobada: 21.052,48 euros.

Subvención: 14.736,74 euros. Porcentaje: 70%.

Plazos de ejecución:

Inicio: Dos meses, a contar desde la firma del Convenio. Terminación: Once meses.

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