Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 31/10/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 18 de octubre de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Acuerdo de 15 de octubre de 2002, del Pleno del Consejo Andaluz del Turismo, por el que se delegan funciones en la Comisión Permanente.

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El 15 de octubre de 2002 el Pleno del Consejo Andaluz de Turismo ha adoptado el siguiente Acuerdo de delegación de competencias, del que se da publicidad a los efectos del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

«ACUERDO DE 15 DE OCTUBRE DE 2002, DEL PLENO DEL CONSEJO ANDALUZ DEL TURISMO, POR EL QUE SE DELEGAN FUNCIONES EN LA COMISION PERMANENTE

La Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo, contempla en su artículo 10 al Consejo Andaluz del Turismo como el órgano consultivo y de asesoramiento de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de turismo, con el objetivo de canalizar la participación de los sectores sociales interesados.

En desarrollo de la Ley se aprobó el Decreto 21/2002, de 29 de enero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Andaluz del Turismo. En el mismo se establece que el Consejo funcionará en Pleno, en Comisión Permanente y en las que pueda determinar el Reglamento de Régimen Interior.

La sesión constitutiva del Consejo tuvo lugar el día 24 de julio de 2002, ejerciendo desde esa fecha las funciones atribuidas en su norma de creación. No obstante, se estima que el régimen de funcionamiento del Pleno podría suponer que la toma de decisiones en las cuestiones que le competen carezcan de la celeridad necesaria, lo que restaría eficacia a su labor. Por esta razón, se ha considerado conveniente aprobar una delegación de funciones en la Comisión Permanente, a fin de asegurar que la tramitación de los asuntos encomendados se realice dentro de unos márgenes temporales adecuados, con el fin de no ralentizar la actividad administrativa desarrollada por la Consejería de Turismo y Deporte.

La delegación de funciones en la Comisión Permanente está prevista en el artículo 6.2 del Decreto 21/2002, que permite la delegación de todas las funciones del Pleno en la Comisión Permanente, salvo la aprobación de la propuesta del Reglamento de Régimen Interior.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo.2 del Decreto 21/2002, el Pleno del Consejo Andaluz del Turismo, en su sesión del día 15 de octubre de 2002,

A C U E R D A

Primero. Delegar en la Comisión Permanente todas las funciones enumeradas en el artículo 2 del Decreto 21/2002, de

29 de enero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Andaluz del Turismo, así como la prevista en el artículo.3 del Decreto 20/2002, de 29 de enero, de Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo.

Segundo. El Pleno, cuando lo considere conveniente, podrá avocar para sí el conocimiento de cualquier asunto delegado en la Comisión Permanente.

Tercero. La Comisión Permanente dará cuenta de la gestión desarrollada en virtud de la presente delegación, elaborando y entregando una memoria de actividades en cada una de las sesiones ordinarias que celebre el Pleno y cuando así se acuerde por éste.

Cuarto. La presente Resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.¯

Sevilla, 18 de octubre de 2002.- El Secretario General

Técnico, Rafael Rodríguez de León García.

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