Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
A los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, e intentada sin efecto la notificación del requerimiento de documentación para la subsanación de solicitud a instancias de la Coordinadora General de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, de 6 de septiembre de 2002, ponemos en su conocimiento que en dicha notificación se acuerda lo siguiente:
«Requerir al interesado, don Tomás González Fajardo, para que en el plazo de diez días acompañe el certificado de empadronamiento a fin de acreditar su residencia en Andalucía, según lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 211/1999, de 5 de octubre, por el que se regulan los procedimientos para la habilitación del ejercicio profesional de determinadas profesiones del sector sanitario, si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición.¯
Sevilla, 3 de octubre de 2002.- La Coordinadora General, M.ª Angeles Fernández Ferreiro.
Descargar PDF