Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 31/10/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 9 de octubre de 2002, de la Delegación Provincial de Sevilla, para la concesión de subvenciones a Entidades Locales en materia de Infraestructura Turística, al amparo de la Orden que se cita.

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Conforme a lo dispuesto en la Orden de 22 de diciembre de

2000, que regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones en materia de infraestructura turística, se efectuó la convocatoria correspondiente al ejercicio 2002, mediante Resolución de 19 de diciembre de 2001 (BOJA núm. 10, de 24 de enero). Posteriormente, la Orden de 18 de junio de

2002 modificó la citada Orden de 2000, para adaptarla a lo dispuesto en el Reglamento regulador de los procedimientos de concesión de subvenciones por la Administración de la Junta de Andalucía (aprobado por Decreto 254/2001, de 20 de noviembre). Esta última modificación es aplicable a la actual convocatoria en virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Unica de la mentada Orden de 18 de junio de 2002.

Presentadas las solicitudes y documentación por las Entidades Locales, éstas han sido examinadas y admitidas las que cumplen los requisitos generales fijados por las normas reguladoras de estas ayudas. Asimismo, han sido informadas en función del grado de adecuación a las prioridades establecidas para cada uno de los conceptos subvencionables contenidos en el art. 3 de la Orden de 22 de diciembre de 2000 y demás criterios contenidos en la convocatoria, llevándose a cabo la preceptiva priorización.

Existe crédito suficiente en las aplicaciones presupuestarias que se indican a continuación, con cargo a las cuales se financiarán las subvenciones concedidas:

- 0.1.14.00.17.41.765.00.75B.6.

- 0.1.14.00.17.41.765.02.75B.8.

- 0.1.14.00.01.41.765.01.75B.1.

- 0.1.14.00.01.41.765.03.75B.3.

- 3.1.14.00.17.41.765.02.75B.1.2003.

- 3.1.14.00.01.41.765.03.75B.7.2003.

Por Resolución de 22 de mayo de 2002 (BOJA núm. 76, de 29 de junio), esta Delegación Provincial acordó ampliar el plazo para resolver los procedimientos en el límite máximo establecido por el artículo 42.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por lo anteriormente expuesto, esta Delegación Provincial, a la vista de la propuesta elevada por el Jefe de Servicio de Turismo, procede, en virtud de las competencias que le atribuyen las disposiciones legales vigentes, a adoptar la siguiente

RESOLUCION

Primero. Conceder a las Entidades Locales que se relacionan en Anexo a la presente Resolución las siguientes subvenciones por los importes, con el objeto, plazo y demás condiciones que, asimismo, se especifican.

Segundo. Los importes definitivos de la subvenciones concedidas se liquidarán aplicando al coste de la actividad o inversión efectivamente realizada por las entidades beneficiarias, según justificación, el porcentaje que en cada caso resulta entre la inversión prevista y la cuantía de la subvención: concedida.

Tercero. Los proyectos subvencionados deberán estar ejecutados en su totalidad en los plazos que se indican en el Anexo, iniciándose el cómputo de dichos plazos a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa de la inversión subvencionada en el plazo de tres meses a partir del término establecido para la realización de la misma.

El abono de las subvenciones se realizará de la siguiente forma: El 75% se abonará por la Delegación de Turismo y Deporte una vez llevada a cabo la aceptación expresa de la Corporación Local, prevista en el artículo 11.6 de la Orden de 22 de diciembre de 2000, en su redacción dada por la Orden de 18 de junio de 2002; el 25% restante se abonará a la presentación del certificado final de obra o de las facturas por el total de la obra ejecutada, aprobadas por el órgano competente de la Entidad Local.

Cuarto. Los proyectos subvencionados deberán quedar afectos al uso turístico previsto durante un plazo mínimo de cinco años, contados a partir de la fecha en que se produzca el abono total de la subvención.

Quinto. Las Entidades Locales deberán manifestar su

aceptación expresa a la subvención concedida. Si transcurriera el plazo fijado reglamentariamente de veinte días sin que la Entidad Local haya procedido a llevar a cabo dicha aceptación, se entenderá que renuncia a la subvención. La aceptación de la subvención supondrá el sometimiento incondicional de los beneficiarios a los requisitos y condiciones impuestas por la presente Resolución, así como al cumplimiento estricto de las obligaciones impuestas por la Orden de 22 de diciembre de 2000.

En caso de incumplimiento procederá la revocación de la subvención concedida, con pérdida de los beneficios obtenidos, reintegro de las cantidades percibidas y exigencia del interés de demora, en su caso, de acuerdo con lo previsto en la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sexto. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de estas subvenciones y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la presente Resolución.

Séptimo. En cumplimiento de la Decisión 94/342/CE se señala que la Unión Europea participa en la financiación de estos proyectos a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Octavo. En toda información o publicidad, que se efectúe de la actividad u objeto subvencionado, deberá hacerse constar que los mismos están subvencionados por la Junta de Andalucía, indicando la concesión por la Consejería de Turismo y Deporte. Asimismo, deberá cumplirse con las disposiciones que sobre información y publicidad establece la Unión Europea.

Noveno. Se desestiman las solicitudes de subvenciones que no figuran en el Anexo, tomando como base para ello la

priorización de los distintos proyectos, según los criterios y requisitos establecidos en la Orden, en relación con las limitaciones presupuestarias existentes.

Décimo. Publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial de la junta de Andalucía, lo que de acuerdo con el art.

10.5 de la Orden sustituye a la notificación, surtiendo los mismos efectos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en la forma prevista en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Asi mismo, quedará expuesta la presente Resolución en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial a efectos de

notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Turismo y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo

establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Sevilla, 9 de octubre de 2002.- El Delegado, Mariano Pérez de Ayala Conradi.

ANEXO I

Expediente: CLI-001/02-SE.

Beneficiario: Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache. Objeto: «Adecuación y construcción de mirador panorámico en los restos de la muralla Hins-AI-Faray¯.

Inversión priorizada: 165.265,19 E.

% Subvención: 60.

Subvención: 99.159,12 E.

Plazo: 6 meses.

Expediente: CLI-002/02-SE.

Beneficiario: Ayuntamiento de La Rinconada.

Objeto: «Puesta en valor turístico del Río Guadalquivir como elemento patrimonial singular¯.

Inversión priorizada: 160.289,42 E.

% Subvención: 60.

Subvención: 96.173,65 E.

Plazo: 4 meses.

Expediente: CLI-003/02-SE.

Beneficiario: Mancomunidad de Municipios del Bajo Guadalquivir. Objeto: Iluminación de «Torre del Molino de la Calle

Sacramento¯ de Utrera, iluminación de «Torre de Molino de la Calle Ponce de León¯, de Utrera; Restauración de «Torre del Molino de San Antonio¯, de Utrera, para su aprovechamiento como punto de información y rutas turísticas en Lebrija.

Inversión priorizada: 137.332,48 E.

% Subvención: 60.

Subvención: 82.399,49 E.

Plazo: 12 meses.

Expediente: CLI-005/02-SE.

Beneficiario: Ayuntamiento de Ecija.

Objeto: Puesta en valor turístico de elementos patrimoniales singulares: «Escuela Hípica¯.

Inversión priorizada: 887.014,53 E.

% Subvención: 60.

Subvención: 532.208,72 E.

Plazo: 12 meses.

Expediente: CLI-008/02-SE.

Beneficiario: Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira.

Objeto: Proyecto de adecuación del antiguo depósito del Aguila para centro de interpretación del Castillo de Alcalá de Guadaira.

Inversión priorizada: 240.404,84 E.

% Subvención: 60.

Subvención: 144.242,90 E.

Plazo: 6 meses.

Expediente: CLI-012/02-SE.

Beneficiario: Ayuntamiento de Coria del Río.

Objeto: «Embellecimiento del Paseo Fluvial y Parque Carlos de Mesa¯.

Inversión priorizada: 1.052.821,00 E.

% Subvención: 60.

Subvención: 631.692,60 E.

Plazo: 12 meses.

Expediente: CLI-013/02-SE.

Beneficiario: Ayuntamiento de Coria del Río.

Objeto: «Iluminación monumental¯.

Inversión priorizada: 90.151,82 E.

% Subvención: 60.

Subvención: 54.091,09 E.

Plazo: 8 meses.

Expediente: CLI-014/02-SE.

Beneficiario: Ayuntamiento de Coria del Río.

Objeto: «Construcción del Camino Verde en el Casco Urbano, con diferentes puntos turísticos, miradores y merenderos en el Cerro del Cantalobos¯.

Inversión priorizada: 244.611,93 E.

% Subvención: 60.

Subvención: 146.767,13 E.

Plazo: 6 meses.

Expediente: CLI-015/02-SE.

Beneficiario: Ayuntamiento de Ecija.

Objeto: «Restauración y rehabilitación del Palacio de los Marqueses de Peñaflor para hotel de cinco estrellas¯.

Inversión priorizada: 601.012,10 E.

% Subvención: 60.

Subvención: 360.607,27 E.

Plazo: 14 meses

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