Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 02/11/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

ORDEN de 8 de octubre de 2002, por la que se dispone la ejecución del fallo de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, en los recursos contencioso- administrativos núms. 4102/96, 2430/97 y 1552/00, interpuestos por la Federación Andaluza de Técnicos Especialistas.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, Sección Primera, ha dictado Sentencia con fecha 22 de abril de 2002, recaída en los recursos contencioso-administrativos núms. 4102/96, 2430/97 y 1552/00, promovidos por la Federación Andaluza de Técnicos Especialistas, contra el Decreto 462/1996, de 8 de octubre, por el que se modifica el Decreto 105/1986, de 11 de junio, sobre Ordenación de la Asistencia Especializada y Organos de Dirección de los Hospitales (recurso 4102/96); contra la Resolución de 18 de marzo de 1997, de esta Consejería, que declaró inadmisible el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución núm./97, de 30 de enero, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban los Reglamentos de Elecciones a Juntas Facultativas y de Enfermería de las Areas Hospitalarias del Servicio Andaluz de Salud y, asimismo, contra esta última Resolución (recurso 2430/97); y contra la Resolución desestimatoria presunta por silencio administrativo del recurso ordinario interpuesto contra las Resoluciones de 19 de febrero de 1997, de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario «Virgen del Rocío¯ de Sevilla, por la que se convocaron elecciones a las Juntas Facultativas y de Enfermería, y contra la Resolución núm. 2/97, de 30 de enero, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud (recurso núm. 1552/00).

El fallo de la expresada Sentencia contiene el siguiente pronunciamiento: «Con rechazo de las causas de inadmisibilidad esgrimidas, desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la recurrente Federación Andaluza de Técnicos Especialistas contra el Decreto 462/1996, estimándolo sólo en la parte que afecta al carácter vinculante de las propuestas e informes, tal como quedó expuesto en lugar adecuado de esta resolución, por el que se modifica el Decreto 105/1986, de 11 de junio, sobre Ordenación de la Asistencia Especializada y Organos de Dirección de los Hospitales, procedente de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, desestimando también el recurso interpuesto frente a la denegación presunta, por silencio administrativo, del recurso ordinario interpuesto ante la Consejería de Salud, contra la Resolución de 30 de enero de 1997, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, de aprobación de los reglamentos de Elecciones a Juntas Facultativas y de Enfermería de las Areas Hospitalarias del organismo, así como el interpuesto contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso ordinario propugnado ante la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud contra las Resoluciones de 19 de febrero de 1997, de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla, mediante las que se convocaban elecciones a las Juntas Facultativas y de Enfermería de dicho Centro Hospitalario; Resoluciones que se confirman por ser conformes a derecho en los términos consignados, y a virtud de la acumulación procedimental acordada. Y sin costas.¯

En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución, en el artículo 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la ejecución de dicho fallo, para su cumplimiento en sus propios términos.

Publíquese la presente a los efectos procedentes.

Sevilla, 8 de octubre de 2002

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Salud

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