Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 31/01/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 286/2001, de 26 de diciembre, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de El Ejido (Almería), de un solar sito en el paraje de la Cañada de Ugíjar de la citada localidad, con destino a la construcción del Centro de Salud Tipo II Ejido Sur, y se adscribe a la Consejería de Salud.

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Por el Ayuntamiento de El Ejido (Almería) fue ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía un solar resultante de la Unidad de Actuación Urbanística UA-28-ES, ubicado en el Paraje de la Cañada de Ugíjar de dicho municipio, esquina a las calles San Martín y Angeles Martínez Chacón, con destino a la construcción de un Centro de Salud.

Por la Consejería de Salud se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar y mejorar las prestaciones sanitarias a la población y su entorno.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 26 de diciembre de 2001,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de El Ejido (Almería) de un solar con 1.760,20 m de superficie, que será segregado de la siguiente finca:

Parcela urbana número 19: Solar resultante de la Unidad de Actuación Urbanística UA-28-ES, sito en el paraje de la Cañada de Ugíjar, término de El Ejido, de cabida 1.833,70 m. Linda: Norte, parcela 17 y otra; Sur, calle F de la unidad de actuación; Este, calle G de la misma, y Oeste, parcela 17 y calle F.

Consta inscrita la finca matriz en el Registro de la Propiedad de Berja, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de El Ejido, al folio 39 del tomo 2.038, libro 998, finca 77.008.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley

4/1986, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía del solar donado, que se adscribe a la Consejería de Salud con destino a la construcción del Centro de Salud Tipo II «Ejido Sur¯.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 26 de diciembre de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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