Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 31/01/2002

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 10 de enero de 2002, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan ocho becas de formación de personal bibliotecario en la Biblioteca Universitaria de Huelva.

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La Universidad de Huelva viene manifestando, de forma periódica, la voluntad de colaborar en la inserción laboral de los titulados universitarios, a través de diversas convocatorias de becas que tienen como finalidad complementar la formación académica recibida y aportar un conocimiento directo del mundo laboral.

Al mismo tiempo se reconoce la importancia que tiene su Biblioteca para el desarrollo del estudio, docencia e investigación de la totalidad de la Comunidad Universitaria.

Este Rectorado acuerda convocar ocho becas, de acuerdo con las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1.ª Objetivos.Las becas tienen como objeto la formación y cualificación de los beneficiarios en la metodología y técnicas de la Biblioteconomía y Documentación, consiguiendo con ello un complemento a su formación académica y facilitando los contactos con el mundo laboral.

2.ª Beneficiarios.

Podrán solicitar estas becas quienes reúnan los siguientes requisitos en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:

a) Poseer la nacionalidad española.

b) Estar en posesión del título de Licenciado en Documentación, Diplomado en Biblioteconomía y Documentación, otras licenciaturas y diplomaturas.

Los seleccionados están obligados a cumplir los requisitos establecidos en la presente Resolución y, en concreto:

a) Presentar, cuando así se les requiera, los originales del título o títulos de que disponga y la correspondiente Certificación Académica, así como aquellos otros documentos originales que acrediten lo declarado en el curriculum vitae y en el impreso de solicitud.

b) Aceptar o renunciar a la beca que le haya sido concedida en el plazo máximo que se le notifique en la comunicación de concesión de la beca.

3.ª Dotación.La beca comprende una asignación de 100.000 pesetas brutas mensuales, incluido el seguro de accidentes correspondiente.

La partida presupuestaria a la que se imputa el importe de la asignación corresponderá al Capítulo 4 del presupuesto del Vicerrectorado de Nuevas Tecnologías asignado a la Biblioteca Universitaria de Huelva.

El disfrute de la beca será incompatible con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada, en caso contrario al beneficiario se le retirará el disfrute de la misma.

4.ª Pago de la beca.

El pago de la beca se hará al finalizar cada uno de los plazos mensuales. En caso de grave incumplimiento de las obligaciones asumidas por el beneficiario de la beca, se podrá limitar o suspender la satisfacción de las cantidades pendientes.

5.ª Duración.La duración de las becas será de 12 meses, comenzando el disfrute de las mismas el día de la

incorporación de los becarios a la Institución, y concluyendo una vez transcurrido el tiempo establecido.

Se establece la posibilidad de la renovación de las becas por un período equivalente al disfrutado.

Se preverá la posibilidad de ampliación del número de becas, para ello se creará una bolsa de suplentes entre los

aspirantes, siguiendo el orden estricto de puntuación obtenido según baremo.

Mensualmente podrá solicitarse un informe de actividad del becario, así como una memoria de evaluación del trabajo realizado a la finalización de la misma.

A la finalización de la beca, los beneficiarios tendrán derecho a una certificación acreditativa del disfrute de la misma.

6.ª Horario y desarrollo del disfrute de la beca.

El horario será de siete horas diarias, de lunes a viernes, tanto en jornada de mañana y tarde, según se distribuya por la dirección de la Biblioteca Universitaria.

Los beneficiarios se comprometen a cumplir el horario y las líneas de trabajo encomendadas, el régimen disciplinario interno de la Institución y guardar las normas de seguridad e higiene en el trabajo en el período establecido.

En caso de producirse faltas de asistencia o de disciplina por parte del becario, se podrá proceder a la suspensión del disfrute de la beca, recibiendo el beneficiario la retribución proporcional al período disfrutado, y perdiendo todo derecho o certificación acreditativa de la misma.

Los becarios que renuncien a la beca antes de cumplir un mes de disfrute no tendrán derecho a percepción económica ni a Certificación. Pero si la renuncia se produjera una vez superado dicho límite, tendrán exclusivamente derecho a la parte proporcional de la prestación económica que les

corresponda.

7.ª Permisos y licencias.

Los beneficiarios disfrutarán de treinta días de permiso, período que puede ser distribuido por quincenas o semanas, en caso de disfrutarse por días, éstos se verán supeditados a veinte días laborales. Cualquier otro disfrute de permiso o licencia deberá ser autorizado por la Dirección de la

Biblioteca Universitaria, siendo debidamente justificado y compensado en horas laborales.

8.ª Carácter de las becas.

La concesión de estas becas no supone ningún tipo de

vinculación, contractual, laboral ni administrativa, ni de ninguna otra naturaleza entre el beneficiario y la Universidad de Huelva, ni implica compromiso alguno por parte de ésta.

9.ª Solicitudes y documentación.

Las solicitudes se formalizarán en el impreso cuyo modelo figura en el Anexo I, serán dirigidas al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Huelva y se presentarán en el Registro General de la misma (C/ Cantero Cuadrado, 6) o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A dicha solicitud deberá adjuntarse la siguiente

documentación:

a) Fotocopia del DNI.

b) Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación exigido, en original o fotocopia debidamente compulsada.

c) Curriculum-vitae del solicitante, con especial mención de la experiencia en el campo de la Biblioteconomía y cursos específicos, acompañado de la documentación acreditativa.

10.ª Selección y valoración de las solicitudes.

La selección se realizará por una Comisión Evaluadora nombrada al efecto, y que estará constituida por el Excmo. Sr.

Vicerrector de Nuevas Tecnologías, que la presidirá por delegación del Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Huelva, y como vocales la Sra. Vicegerente de la

Universidad de Huelva, El Jefe del Servicio de la Biblioteca Universitaria, dos Bibliotecarios del Cuerpo de Facultativos de Archivos y Bibliotecas o del Cuerpo de Ayudantes de

Archivos y Bibliotecas, actuando uno de ellos como Secretario.

La Comisión Evaluadora considerará:

a) Titulación.b) Expediente académico.

c) Conocimiento de idiomas.

d) Cursos formativos específicos relacionados con las líneas de colaboración.

e) Experiencia laboral o disfrute de otras becas similares y relacionadas con las líneas de colaboración.

La Comisión Evaluadora se reserva la posibilidad de convocar a los aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación, según baremo, a una entrevista personal para determinar el nivel de conocimientos, experiencia o idoneidad de los candidatos.

11.ª Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir de su publicación en el BOJA.

12.ª Publicación de las resoluciones.

La resolución, a la vista de la propuesta que realice la Comisión Evaluadora, se realizará en el plazo máximo de tres meses. La relación de aspirantes seleccionados se publicará en el tablón de anuncios de la Universidad de Huelva. Los

beneficiarios recibirán notificación mediante correo

certificado.Los interesados podrán interponer recurso de alzada contra la resolución mencionada en el párrafo anterior ante el Rector en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación.

13.ª Aceptación de la beca.

Los becarios deberán comunicar obligatoriamente la aceptación o renuncia a la beca.

Huelva, 10 de enero de 2002.- El Rector, Antonio Ramírez de Verger Jaén.

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