Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 07/11/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTA. E INSTR. NºDOS DE SANTA FE

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 79/2002. (PD. 3305/2002).

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N.I.G.: 1817541C20022000124.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 79/2002. Negociado: JL. De: Doña Trinidad Albacete Hernández.

Procurador: Sr. Antonio García-Valdecasas Luque. Letrado: Sr. Rafael Jacinto Casares Nieves. Contra: Herederos de don Carlos Bonifacio Expósito.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 79/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. Dos de Santa Fe a instancia de Trinidad Albacete Hernández contra Herederos de don Carlos Bonifacio Expósito sobre acción declarativa de propiedad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En Santa Fe, a 15 de octubre del año 2002. Mónica Carvia Ponsaillé, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. Dos de Santa Fe he visto los presentes autos que se siguen en este Juzgado con el núm./02, promovidos a instancia de doña Trinidad Albacete Hernández representada por el Procurador don Antonio García Valdecasas Luque y defendida por el Letrado don Rafael Jacinto Casares Nieves; contra los herederos de don Carlos Bonifacio Expósito, declarados en rebeldía; sobre acción declarativa de la propiedad.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador don Antonio María García-Valdecasas Luque, en nombre y representación de Doña Trinidad Albacete Hernández, y, en consecuencia, declaro que doña Trinidad Albacete Hernández es propietaria en pleno dominio de la totalidad de la finca registral núm. descrita en el ordinal primero de la demanda, por haberla adquirido en virtud de usucapión, y, en consecuencia, se proceda a la inscripción registral correspondiente a favor de la actora de la meritada finca, sin imposición de costas a las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme pues contra ella pueden interponer recurso de apelación que se preparará ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación. El órgano jurisdiccional para conocer del recurso de apelación es la Audiencia Provincial de Granada.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo: Mónica Carvia Ponsaillé, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. Dos de Santa Fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Herederos de don Carlos Bonifacio Expósito, extiendo y firmo la presente en Santa Fe, a veintiuno de octubre de dos mil dos.- El/La Secretario.

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