Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 26/11/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 12 de noviembre de 2002, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, la Fundación denominada Para la Investigación Puerta del Mar, de la localidad de Cádiz.

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Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería de la Fundación denominada «Para la Investigación Puerta del Mar¯, constituida y domiciliada en Cádiz, Avda. Ana Viya, núm. 21.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Fundación «Para la Investigación Puerta del Mar¯, fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 15 de julio de

2002, ante don Federico Linares Castrillón, Notario del Iltre. Colegio de Cádiz, con número de Protocolo 2.130, corregidas por otras de fecha 9 de septiembre de 2002, con número de Protocolo

2.613, ante el mismo Notario, fundada por don Rafael de la Torre Carnicero y otros.

Segundo. Tendrá principalmente, los objetivos y fines siguientes: Promover, estimular, desarrollar y divulgar la investigación científica de calidad en Ciencias de la Salud.

La planificación de sus actividades tendrá en cuenta las necesidades sociales y sanitarias del área y se adaptará a las directrices de ámbito superior: Plan Andaluz de Investigación, Plan Nacional de Investigación, Programas de Investigación de la Unión Europea y otros planes delimitadores de los objetivos en materia de investigación del Sistema Sanitario Público.

Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por tres mil cinco euros con seis céntimos de euro (3.005,06 euros), la cual se encuentra depositada en la Entidad Montes de Piedad y Cajas de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja).

Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación, se confía de modo exclusivo a un Patronato, que estará formado por un mínimo de tres miembros y un máximo de quince, siendo su Presidente el Director Gerente del Hospital Universitario Puerta del Mar.

Vistos: La Constitución Española; el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de Interés General, y el Decreto 2930/72, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/83, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/82, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones Docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se ha cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de Interés General, y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas por lo que, procede la adaptación de los Estatutos de la Fundación a la Ley

30/94, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los Hechos y Fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica,

RESUELVE

Primero. Reconocer el interés público de la Entidad, e

inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación «Para la Investigación Puerta del Mar¯, domiciliada en Cádiz, Avda. Ana Viya, núm. 21.

Segundo. Aprobar los Estatutos, contenidos en las Escrituras Públicas de fecha 15 de julio de 2002, corregidas por otras de fecha 9 de septiembre de 2002.

Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación cuyos nombres se recogen en la Carta

Fundacional y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su

publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10.1 y 46.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, o en el plazo de un mes potestativamente recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia conforme a las disposiciones de los artículos 107 y 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99.

Sevilla, 12 de noviembre de 2002

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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