Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 28/11/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 12 de noviembre de 2002, por la que se concede una subvención con carácter excepcional a la Fundación para la Promoción de la Investigación y Desarrollo Tecnológico Industrial (ProDTI) para la financiación de la actuación: Desarrollo de la Metodología y Normalización de Ensayos de Determinación de los Indices de Diversidad Ecológica en los Ríos Andaluces de acuerdo a la Directiva Marco de Aguas 2000/60/CE de la Unión Europea, de 23 de octubre de 2000 (Expediente: A2.803.656/9711).

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La aplicación de la nueva Directiva Marco de Aguas de la Unión Europea de octubre de 2000 obliga a un esfuerzo de comprensión del cauce fluvial en su conjunto, y a conocer su estado de conservación, como consecuencia de las actividades realizadas sobre el mismo. Así, no solo se controlan los vertidos sino el estado del cauce. Esto obliga a un conocimiento exhaustivo de las especies vivas en el seno del agua.

Se trata de buscar indicadores y estandarizar los valores hallados en relación con la calidad. Para ello, deben encontrarse los tipos de poblaciones endémicas del territorio que se analice y elaborar unas guías apropiadas al entorno estudiado, que relacionen poblaciones y calidades del agua.

Con el objetivo de facilitar los estudios de diversidad ecológica en las masas de agua superficiales de los ríos de la Comunidad Autónoma Andaluza, la Secretaría General de Aguas proporciona a todos los sectores implicados no depender de índices que no sean autóctonos y por tanto fiables, y subvenciona esta actividad a desarrollar por la Fundación para la «Promoción de la Investigación y Desarrollo Tecnológico Industrial¯ (ProDTI).

Acreditándose la finalidad pública de la subvención y las circunstancias excepcionales que aconsejan su concesión, en virtud de las facultades que me vienen atribuidas por los artículos 104 y 107 de la Ley General 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Secretaría General de Aguas, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Conceder una subvención a la Fundación ProDTI por un importe de 60.100,00 E que representa el ciento por ciento (100%) del importe global del presupuesto del proyecto: Desarrollo de la Metodología y Normalización de Ensayos de Determinación de los Indices de Diversidad Ecológica en los Ríos Andaluces de acuerdo a la Directiva 2000/60/CE de la Unión Europea, siendo el plazo de ejecución de los trabajos de seis meses contados a partir del día de publicación de la presente Orden.

Segundo. La citada subvención se hará efectiva con el código de proyecto de inversión 2002000146, del presupuesto asignado a la Secretaría General de Aguas, con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria y adaptándose el siguiente compromiso de gasto anual:

Anualidad 2002 (45.075,00 euros):.15.00.03.00.780.00.51C 7 Anualidad 2003 (15.025,00 euros): 31.15.00.03.00.780.00.51C 5

Tercero. El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto primero de la presente Orden. Su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Asimismo dará lugar a la devolución total o parcial de los fondos percibidos la obtención concurrente de subvención o ayuda otorgada por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 110 y 111 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. La Fundación ProDTI como beneficiario de la presente subvención y, según el artículo 18.11 de la Ley 14/2001, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2002, está obligada a hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la indicada en el punto primero, que la misma está subvencionada por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía.

Quinto. La Consejería de Obras Públicas y Transportes, con posterioridad a la concesión de la presente subvención

designará a un Técnico capacitado, quien asumirá la dirección de los trabajos y supervisará, el control del gasto destinado a esta actuación.

Sexto. De acuerdo con lo expresado en el artículo 108 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 18 de la Ley 14/2001, de 26 de diciembre del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2002, la presente subvención se hará efectiva de la siguiente manera:

Un primer libramiento, sin previa justificación,

correspondiente al setenta y cinco por ciento (75%) del importe subvencionado, es decir, la cantidad de cuarenta y cinco mil setenta y cinco euros (45.075 E) en el año 2002, a la

publicación de la presente Orden.

El veinticinco por ciento (25%) restante, quince mil

veinticinco euros (15.025 E) en el año 2003, mediante

certificación emitida por la Secretaría General de Aguas, previa justificación de la ejecución de los trabajos y tras la acreditación, por parte de la Fundación ProDTI, de que el primer libramiento se ha destinado íntegramente a la

financiación de las actividades indicadas en el punto primero de la presente Orden.

En el plazo de un mes, a partir del ingreso material en la Fundación ProDTI correspondiente al 100% del global de la subvención, queda obligada a la total justificación del cumplimiento de la finalidad para que la que se concede la misma, mediante certificación del Interventor, acreditativa de que se han abonado a los correspondientes perceptores la totalidad de los importes expedidos y tramitados ante la Consejería, y la aportación de la documentación justificativa de pagos realizados con cargo a la cantidad concedida.

En todos los casos, en el plazo de quince días desde la recepción de los fondos, la Fundación ProDTI aportará

certificación acreditativa de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado, de conformidad con lo dispuesto e los artículos 39 y 40 del Reglamento de la Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 149/1988, de 5 de abril, en relación con lo establecido en la letra f) del artículo 108 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Séptimo. La Fundación ProDTI deberá facilitar cuanta

información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas y la Cámara de Cuentas de Andalucía y la Intervención General de la Junta de Andalucía en relación con la presente subvención.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá comprobar en todo momento, mediante las inspecciones que considere oportunas, la efectividad de la inversión objeto de la presente Orden.

Octavo. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la concesión de la subvención objeto de la presente Orden será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Sevilla, 12 de noviembre de 2002

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero y Secretario General de Aguas.

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