Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 14/12/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº2 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 402/2002. (PD. 3665/2002).

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N.I.G.: 2906742C20020009471.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 402/2002. Negociado: 2T. De: Doña María P. Barceló Navajas y doña María de la Asunción Barceló Navajas.

Procuradora: Sra. Villegas Rodríguez, Marina. Contra: Doña Milagros García González, Abdelatif Reddam y Rachida Rachida.

Procurador: Sr. Randón Reina, Juan Carlos.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 402/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga a instancia de María P. Barceló Navajas y María de la Asunción Barceló Navajas contra Milagros García González, Abdelatif Reddam y Rachida Rachida, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia. En Málaga, a 27 de septiembre de 2002. Vistos y examinados por mí, don Manuel S. Ramos Villalta, Magistrado- Juez de Primera Instancia núm. Dos de esta ciudad y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 402/02, a instancia de María del Pilar y María de la Asunción Barceló Navajas, representadas por la Procuradora Sra. Villegas Rodríguez, y asistidas de la Letrada Sra. García Alvarez contra Milagros García González, representada por el Procurador Sr. Randón Reina y asistido del Letrado Sr. Herrera Martínez, y contra Rachida Bou Hohcine Fahsi y Abdelatif Reddam. Fallo: Que teniendo por desistida a la parte demandante con relación al piso bajo del inmueble mencionado en su escrito de demanda y estimando parcialmente la demanda interpuesta por la representación de la parte actora, debo declarar y declaro resuelto los contratos de arrendamiento de los pisos primero y segundo de la casa sita en la calle Casas de Campos de Málaga, señalada con el núm., condenando a los demandados Milagros García González, Rachida Bou Hohcine Fahsi y Abdelatif Reddam a que desalojen los mismos, con apercibimiento de ser lanzados. Respecto a las costas procede que cada parte abone las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, no se prepara recurso de apelación en el plazo de cinco días. Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente firmando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Abdelatif Reddam, extiendo y firmo la presente en Málaga a veinticinco de octubre de dos mil dos.- El/La Secretario.

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