Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 19/12/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE GUADIX

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

1. Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión por el sistema de concurso-oposición libre de una plaza de Economista de la plantilla de funcionarios de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Guadix, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Superiores, y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo A, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente que igualmente se especifica.

1.2. Al presente Concurso-Oposición le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto

896/1991, de 7 de junio, las bases de la presente convocatoria junto con los Anexos que la acompañan, y supletoriamente el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

2. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto por la Ley 17/1993, de

23 de diciembre, desarrollado por la legislación básica en materia de función pública.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se concluya el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función pública.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) No estar incurso en causa de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente de la Función Pública.

2.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán reunirse el último día del plazo de presentación de estancias.

3. Instancias y documentación a presentar.

3.1. Los aspirantes presentarán instancia, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Guadix, sito en Plaza de la Constitución, 1, de lunes a viernes de 9 a 13 horas, donde será debidamente registrada. El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯.

3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, bastando que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la base.ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, con la excepción del título académico exigido en la base 2.1.c), o documento oficial de la solicitud del mismo, del que deberá presentarse fotocopia junto con la instancia, y, además, una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

La fotocopia del título académico, o documento de su solicitud, y del DNI, deberá estar compulsada por los organismos públicos autorizados para ello, previa exhibición del original.

3.3. También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.5. Los derechos de examen serán de 27,045 euros, que se ingresarán en la Tesorería municipal sita en la Plaza de la Constitución, 1, 18500, Guadix, o bien mediante giro postal o telegráfico o mediante transferencia dirigida a la misma, de conformidad con el art. 38.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

A la instancia habrá de adjuntarse justificante del ingreso indicado expedido por el órgano competente.

Sólo procederá la devolución del importe de los derechos de examen cuando se trate de causa o error imputable al propio Ayuntamiento de Guadix.

3.6. Los aspirantes que pretendan puntuar en la Fase de Concurso presentarán junto a la instancia antes señalada los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en el apartado 6 de las bases de la presente convocatoria. En la instancia deberán enumerarse los documentos aportados.

3.7. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, publicándose en el «Boletín Oficial de la Provincia¯ y exponiéndose además en el tablón de anuncios de la Corporación.

4.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del art. 71 de la Ley 30/1992, se concede a los aspirantes excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.

La publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial de la Provincia¯ será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

4.3. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en el tablón de anuncios de la

Corporación.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría primera de las recogidas en el art. 30.1 del R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, está integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de ésta en quien delegue.

Vocales:

1. Cada uno de los Grupos Políticos representados en la Corporación designarán un miembro.

2. Un representante de la Junta de Andalucía designado por ésta.

3. Un funcionario de carrera designado por el Alcalde-

Presidente, perteneciente al Grupo A.

4. Un técnico o experto designado por el Alcalde-Presidente.

5. Un representante del profesorado de la Universidad de Granada en el Area de Economía Financiera y Contabilidad designado por ésta.

6. Un representante designado por la Junta de Personal

Funcionario.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma que legalmente le sustituya.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

Los vocales y suplentes deberán poseer nivel de titulación o especialización igual a la exigida para el acceso a la plaza convocada.

5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base 6.ª de la presente convocatoria.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad al menos de los Vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.

5.4. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.5. Los interesados podrán promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.

5.6. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los

resultados.

5.7. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio de que, de oficio, deba el afectado notificarlo al organismo al que representa.

5.8. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal sin apelación alguna.

6. Procedimiento de selección.

6.1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

6.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio para valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. El escrito resultado de ésta ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con indicación, además, de la puntuación por méritos

profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan en el apartado de la base 6.10 «aplicación del concurso¯. Dicho escrito ha de publicarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con al menos una antelación de 48 horas a la realización del primer ejercicio.

6.4. La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución del Alcalde-Presidente a la que hace referencia la base 4.ª de la presente convocatoria, en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo.

6.5. La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos ejercicios se anunciará con una antelación mínima de 72 horas, en el tablón correspondiente ubicado en el local donde se haya celebrado el ejercicio anterior, debiendo exponerse además en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Por tanto, no será obligatoria su publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia¯.

6.6. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético, a partir del primero de la letra «B¯, de acuerdo Acta de fecha 8 de enero de 2002.

6.7. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

6.8. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.9. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI, o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.

6.10. Valoración de méritos. Fase de Concurso.

Méritos profesionales:

a) Por cada mes completo de servicios prestados como

Economista en municipios de más de 20.000 habitantes,

acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,2 puntos.

b) Por cada mes completo de servicios prestados como Economista en municipios de menos de 20.000 habitantes y otras

administraciones públicas, acreditados mediante la

correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,1 punto.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Cursos y seminarios, congresos y jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a la que se opta y sean impartidos u homologados por entidades,

instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta.

a) Por la participación como asistente:

Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos.

De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,10 puntos. De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,20 puntos. De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,25 puntos. De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50 puntos. De 201 horas en adelante o más de 40 días: 1,00 punto.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que sea la anterior escala.

b) Por la participación como Director, Coordinador o Ponente:

0,20 puntos.

La participación en una misma actividad docente como Director o Coordinador y como Ponente o como Ponente en varias materias sólo será objeto de una única puntuación.

Aplicación del Concurso.

Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la Fase de Oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la Fase de Oposición.

El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de concurso será el siguiente:

Méritos profesionales: 23 puntos.

Cursos, seminarios, congresos y jornadas: 2 puntos.

6.11. Fase de Oposición: Constará de los siguientes

ejercicios, eliminatorios y obligatorios para todos los aspirantes:

a) Primer ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de cien preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de cien minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con los temas contenidos en el Bloque II del Anexo de esta

convocatoria, debiendo consignarse un número de preguntas proporcional al número de temas de dicho Bloque. El criterio de corrección será el siguiente: Por cada dos preguntas

contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente.

b) Segundo ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en desarrollar por escrito durante un período de una hora y media, un tema concreto a elegir de entre dos extraídos al azar de las materias incluidas en el Bloque I (Temas comunes), siendo leído obligatoriamente y con posterioridad por los candidatos en sesión pública, salvo caso de fuerza mayor, previa justificación, en cuyo caso será leído por el Tribunal.

c) Tercer ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de 2 horas, y consistirá en la resolución de un supuesto práctico a elegir de entre dos fijados por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de los ejercicios sobre materias objeto de la plaza que se convoca.

6.12. La puntuación máxima que se podrá otorgar para cada ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

6.13. El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.

6.14. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la Fase de Oposición y de la de Concurso. En caso de empate, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición, si persistiera el empate, se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, y si continuase el empate, a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.

7. Listas de aprobados.

7.1. Una vez finalizado el Concurso-Oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento las

calificaciones por orden de puntuación total obtenida, en la que constarán las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y de la fase de concurso.

7.2. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el Concurso-Oposición un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

7.3. La relación definitiva de aprobados será elevada al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, con propuesta de

nombramiento de funcionario de carrera.

8. Presentación de documentos.

8.1. El aspirante aprobado dispondrá de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en el Servicio de Personal de este Ayuntamiento los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas bases.

8.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados podrá demostrarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

8.3. Quienes ostenten la condición de funcionarios públicos estarán dispensados de aportar aquellos documentos que

justifiquen las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válido la presentación de la certificación del organismo o entidad de la que dependen, acreditando la

condición y demás circunstancias que constan en el expediente personal.

8.4. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Nombramiento de funcionarios de carrera y toma de

posesión.

9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentación, el Sr. Alcalde-Presidente nombrará funcionario de carrera al aprobado en el proceso selectivo.

9.2. El plazo para tomar posesión será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la

resolución.

9.3. De no tomarse posesión en plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.

10. Base final.

Contra la convocatoria y sus bases contenidas en la presente Resolución, que agotan la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el «Boletín Oficial del Estado¯ (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

ANEXO I

BLOQUE I

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

Generales. Características y estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

Tema 5. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

Tema 6. El acto administrativo. Concepto y Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y

notificaciones.

Tema 8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Especial referencia al procedimiento administrativo local.

Tema 9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.

Tema 10. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 11. Organización y competencias municipales/provinciales.

Tema 12. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 13. El Servicio Público Local: Concepto. Los modos de gestión de los servicios públicos locales.

Tema 14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 15. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: Organización, selección y situaciones

administrativas. El personal laboral.

Tema 16. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 17. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

Tema 18. El presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y

fiscalización.

BLOQUE II

Tema 1. Estrategia urbana y Plan Estratégico.

Tema 2. Principales Características de la Planificación Estratégica de ciudades y territorios.

Tema 3. El Plan Estratégico, el Plan de Urbanismo y el Plan de Comunicación.

Tema 4. La metodología general del Plan Estratégico.

Tema 5. El papel de la microeconomía en el mundo local. Programas horizontales y verticales.

Tema 6. La dimensión territorial y urbana del desarrollo endógeno.

Tema 7. El proceso de planificación en el Desarrollo Local. El enfoque del Marco Lógico.

Tema 8. La intervención económica en el municipio. Objetivos del Desarrollo Local.

Tema 9. Las funciones de la Promoción Económica Local en el ámbito del desarrollo de actividad empresarial.

Tema 10. Nuevos Yacimientos de Empleo. Factores de desarrollo y principales obstáculos.

Tema 11. Globalización y Desarrollo Local.

Tema 12. El Medio Ambiente: Factor de desarrollo y

competitividad.

Tema 13. Los Sistemas de Gestión Medioambiental y el Desarrollo Sostenible.

Tema 14. La Agenda 21 local. Estrategia municipal de

sostenibilidad.

Tema 15. El Medio Ambiente y el Empleo.

Tema 16. El Plan de Medio Ambiente de Andalucía. Estructura y contenidos.

Tema 17. El Plan de Fomento de Actividades Económicas

compatibles con el Medio Ambiente (FAECMA).

Tema 18. Directrices de la Comisión para los Programas de Desarrollo Regional 2000-2006.

Tema 19. Pactos territoriales a favor del empleo. Principios comunes y contenido de la programación.

Tema 20. Estrategia europea para el empleo: Pilares y

Directrices 2001.

Tema 21. Iniciativa comunitaria EQUAL 2000-2006. Objetivo, principios y pilares.

Tema 22. Iniciativas comunitarias 2000-2006.

Tema 23. El Desarrollo Local y los Fondos Estructurales.

Tema 24. Ejes del POIA 2000-2006.

Tema 25. Líneas prioritarias de concentración de la

programación del FSE.

Tema 26. Plan Andaluz de Innovación y Desarrollo Tecnológico «Pladit 2001-2003¯. Objetivos y estrategias generales.

Tema 27. El Centro Andaluz de Servicios Tecnológicos Aplicados.

Tema 28. La Red Andaluza de Innovación Tecnológica.

Tema 29. Programa de Infraestructuras de Innovación y

Tecnología en Andalucía.

Tema 30. Programa para la Creación de Espacios de Innovación (Tecnoparques) en Andalucía.

Tema 31. Programa de Creación de Empresas de Base Tecnológica (ETB's) en Andalucía.

Tema 32. La coordinación de las administraciones europea, estatal y andaluza en materia de innovación y desarrollo tecnológico.

Tema 33. Los premios a la Excelencia Empresarial y el

Observatorio de la Calidad en Andalucía (OQA).

Tema 34. Programa STAGE (Servicios Tutelados de Asesores para la Gestión Empresarial).

Tema 35. Programa Intecnet.

Tema 36. Programa de «Benchmarking¯.

Tema 37. Zonas de Acción Especial (ZAEs).

Tema 38. Líneas estratégicas del Plan Estratégico para el sector del transporte de mercancías por carretera. (PETRA).

Tema 39. Las Areas de Transporte de Mercancías en Andalucía.

Tema 40. Tipos de Operadores según la LOTT.

Tema 41. Funciones de un Operador Logístico.

Tema 42. Los costes del proceso logístico.

Tema 43. Plan Integral de Fomento del Comercio Interior de Andalucía.

Tema 44. Los Centros Comerciales Abiertos. Definición,

características y requisitos.

Tema 45. Líneas estratégicas de actuación del Centro Comercial Abierto de Guadix.

Tema 46. Programa Andaluz para el Fomento de la Economía Social (PAFES).

Tema 47. La cooperación empresarial como sistema para promover el crecimiento de la pymes y de sus oportunidades de negocio.

Tema 48. Tipos y formas de cooperación empresarial.

Tema 49. Homologaciones, certificaciones y marcas de calidad.

Tema 50. Contenidos comunes en las Normas ISO 9000.

Tema 51. Principios de la Calidad Total. El modelo europeo para Pymes.

Tema 52. El proceso de implantación del Comercio Electrónico en las pymes.

Tema 53. La logística en el Comercio Electrónico.

Tema 54. Líneas de ayudas en la Subvención Global de Andalucía

2000-2006.

Tema 55. Carta Europea de la Pequeña Empresa: Líneas de actuación.

Tema 56. Las Administraciones Públicas Locales y el Desarrollo Local.

Tema 57. Formas de gestión de los servicios públicos locales.

Tema 58. La determinación de los costes de los Servicios Públicos Locales.

Tema 59. Consideraciones jurídicas sobre el coste de los Servicios Públicos Locales.

Tema 60. La memoria Económico-financiera en la aprobación o modificación de Tasas en las Entidades Locales.

Tema 61. La formación como herramienta estratégica en

Desarrollo Local.

Tema 62. Modelo para la Detección de Necesidades de Formación.

Tema 63. El Plan de Formación.

Tema 64. La dimensión local de la innovación y de las TIC.

Tema 65. Instrumentos financieros relacionandos con la

financiación de las Pymes.

Tema 66. La política industrial en el entorno local.

Tema 67. Instrumentos de las Políticas Industriales Locales.

Tema 68. Desarrollo rural. Orígenes y modelo en la Unión Europea.

Tema 69. El Turismo Rural. Concepto y antecedentes en España.

Tema 70. Dimensiones y limitaciones del Turismo Rural como motor de desarrollo económico.

Tema 71. La planificación del Turismo Rural.

Tema 72. La promoción y comercialización del producto turístico rural.

Diligencia: Que la hago yo, el Secretario General, para hacer constar que las presentes bases las cuales constan de 10 bases y 1 Anexo, contenidas en 23 folios han sido aprobadas por la Comisión de Gobierno en sesión ordinaria celebarada el día 7 de noviembre de 2002.

Guadix, 18 de noviembre de 2002.- El Secretario General, Damián Rega Medialdea.

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