Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 05/02/2002

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Consejería de Agricultura y Pesca

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, sobre la Orden de 6 de abril de 2001, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo núm. Uno de Huelva, en el recurso núm. 546/99.

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De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.º 4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y una vez intentada, sin efecto, la notificación al interesado de la Orden Resolutoria del Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Pesca, de 6 de abril de 2001, a don Francisco Gómez González, se dispone su publicación transcribiéndose a continuación su texto íntegro.

"Orden Resolutoria de 6 de abril de 2001.

POR LA QUE SE DISPONE EL CUMPLIMIENTO, EN SUS PROPIOS TERMINOS, DE LA SENTENCIA DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUM. UNO DE HUELVA, EN EL RECURSO NUMERO 546/99

Con fecha 6 de febrero de 2001, el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo núm. 1 de Huelva, en el recurso núm. 546/99, interpuesto por don Vicente Ramos Polanco y don Francisco Gómez González contra la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de fecha 21 de mayo de 1999, por la que se acordó no admitir a trámite la solicitud de revisión de la Orden de 28 de abril de 1997, dictada en el procedimiento sancionador núm. 94/96, seguido por infracción de la normativa en materia de pesca en aguas interiores, ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"F A L L O

Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso- administrativo promovido por don Vicente Ramos Polanco y don Francisco Gómez González contra la Orden de 21 de mayo de

1999, del Consejero de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, que se acordó inadmitir a trámite la solicitud de revisión de la Orden de 28 de abril de 1997, de imposición de la sanción en materia de pesca en aguas interiores (expediente

94/1996), declarando, asimismo, su conformidad a Derecho. No ha lugar a hacer expresa condena en costas."

En su consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución Española; 17.2 de la Ley

6/1985, de 1 de julio, Orgánica del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa,

HE RESUELTO

Cumplir en sus propios términos la citada sentencia, de acuerdo con lo ordenado por el Juzgado. El Consejero de Agricultura y Pesca. Fdo.: Paulino Plata Cánovas."

Huelva, 15 de octubre de 2001.- El Delegado, Juan Manuel López Pérez.

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