Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 05/02/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE GILENA

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don José Manuel Reina Moreno, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Gilena (Sevilla).

Hago saber: Que con fecha 2 de noviembre de 2001, y en atribución de las competencias que le confieren el art.

21.1.g) de la LBRL, esta Alcaldía dictó Resolución núm. 423 que es del tenor que sigue:

"ASUNTO: APROBACION BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION EN PROPIEDAD, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION LIBRE, DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO TECNICO MUNICIPAL VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL FIJO E INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA EL AÑO 2001 AYUNTAMIENTO DE GILENA (SEVILLA)

Primera. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es cubrir en propiedad, mediante concurso-oposición libre, una plaza de Arquitecto Técnico para el Ayuntamiento de Gilena, Grupo retributivo B, incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2001.

Segunda. Requisito de los aspirantes.

Para tomar parte en el concurso-oposición será necesario que los/as solicitantes reúnan los siguientes requisitos a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias:

a) Ser nacional de cualquier Estado miembro de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Arquitecto Técnico o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Las condiciones anteriormente expresadas se referirán a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

Tercera. Presentación de instancias.

A) Contenido.

Las instancias ajustadas al modelo que se publica en el Anexo II, solicitando tomar parte en el concurso-oposición se dirigirán al Presidente de la Corporación, y en ella los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, acompañadas del justificante de abono de los derechos de examen.

B) Lugar y plazo.

Se presentarán en el Registro de Entrada de Documentos de la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a que aparezca el extracto del anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en día inhábil. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. Las instancias que se presentan a través de las oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechada y selladas por el funcionario/a de Correos.

C) Documentación acreditativa de los méritos alegados.

Junto a la instancia los/as aspirantes habrán de presentar, para la valoración de los méritos alegados, los documentos justificativos que se determinan en la base séptima. No serán tenidas en cuenta aquellos méritos no justificados ni

presentados dentro del plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 2.500 ptas. Serán

satisfechos por los/as aspirantes en la cuenta que a nombre del ilustre Ayuntamiento de Gilena se encuentra abierta en cualquiera de las oficinas bancarias de esta localidad.

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. Dichos derechos sólo serán devueltos en caso de no ser

admitido/a en la convocatoria y previa solicitud del

interesado/a. El resguardo acreditativo se unirá a la

instancia.

Quinta. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la

Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de edictos de la Corporación, concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanar posibles errores, que por su propia naturaleza sean subsanables, en los términos del art. 71 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre.

Asimismo el Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal, que se hará público en la forma señalada con

anterioridad a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente. En dicho edicto se determinará el lugar, fecha y hora de constitución del Tribunal para la comprobación y calificación de los méritos de Concurso. Los sucesivos llamamientos se realizarán por medio del tablón de anuncios del ilustre Ayuntamiento.

Sexta. Tribunal.

El Tribunal Calificador estará constituido de la forma que sigue:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un vocal designado por cada uno de los portavoces de los grupos políticos integrantes del Pleno Municipal.

- Un funcionario designado por el Sr. Alcalde de la

Corporación.

Los vocales deberán poseer titulación igual o superior a la exigida en la base segunda.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir notificándolo al Sr. Alcalde, cuando concurran las

circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias anteriormente citadas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente/a, Secretario/a y al menos dos vocales,

titulares o suplentes, indistintamente.

Séptima. Sistema de selección.

El sistema de selección será el de concurso-oposición libre.

1. Fase de concurso. Los méritos alegados por los/as

aspirantes se valorarán previamente a la fase de oposición, y en ningún caso servirán para completar la puntuación obte

nido en aquélla, no siendo eliminatorio para el acceso a la fase de oposición.

El Tribunal valorará los méritos alegados justificados

documentalmente por los/as aspirantes con arreglo al siguiente baremo:

A) Méritos académicos.

Por la posesión de títulos superiores al exigido en la

convocatoria por cada nivel superior: 0,5 puntos.

Por la realización de cursos, seminarios y jornadas de

formación relacionados con el puesto a desempeñar, impartidos por el Instituto Nacional de Administración Pública o

Institutos autonómicos de Administración Pública,

Administraciones Locales, Universidades, Colegios Oficiales de Arquitectos Técnicos.

- De 0 a 20 horas de duración o de 2 días o menos de duración:

0,1 puntos.

- De 21 a 40 horas de duración o de 3 a 6 días: 0,3 puntos.

- De 40 a 100 horas de duración o de 7 a 14 días: 0,6 puntos.

- Mas de 100 horas de duración o de 15 días: 1 punto.

El total de puntos por méritos académicos será hasta un máximo de 3 puntos.

No se valorarán aquellos cursos, seminarios, congresos o jornadas con una duración menor a 8 horas.

Los títulos deberán presentarse mediante fotocopia compulsada. Los cursos, seminarios y jornadas de formación mediante la presentación de fotocopia compulsada de los títulos o

certificados otorgados.

B) Méritos profesionales.

Por experiencia en puesto de trabajo de igual o similar contenido a las plazas que se convocan.

B1. Por trabajos desempeñados como Arquitecto Técnico

integrado en la Oficina Técnica de Urbanismo del Ayuntamiento de Gilena: 0,10 puntos por mes.

B2. Por trabajos desempeñados como Arquitecto Técnico

integrado en la Oficina Técnica de Urbanismo en cualquier Administración Pública Local distinta de la de Gilena o en la autonómica o estatal: 0,05 ptos. por mes.

B3. Por otros trabajos desempeñados de forma esporádica como Arquitecto Técnico integrado en la Oficina Técnica de

Urbanismo en cualquier Administración Pública Local,

autonómica, estatal o por trabajos desempeñados de forma privada como Arquitecto-Técnico en el ejercicio libre de la profesión: 0,01 puntos por mes.

A los efectos de puntuación, no podrán acumularse puntos de los apartados B1, B2 y B3, por servicios prestados durante el mismo período de tiempo, valorándose proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Unicamente se valorarán los trabajos de igual o similar contenido. Así mismo, la experiencia deberá acreditarse en puestos adscritos a estructuras orgánicas o funcionales que desarrollen actividades de la misma o similar naturaleza a la que desarrolla un Arquitecto Técnico de la Oficina Técnica de Urbanismo de una Administración Pública Local.

Tales méritos se acreditarán mediante certificado del

Secretario de la Corporación o cargo de la Institución o empresa donde se han desarrollado, que ostente legalmente la función de fe pública de la misma, o en su defecto del jefe de Personal de la institución o empresa, debiendo constar, en este caso, expresamente puesto que desarrolle funciones de fe pública de la institución o empresa. En el caso de experiencia privada además del certificado anterior, los interesados/as remitirán certificado de la seguridad social acreditativo de su vida laboral y contratos laborales de los méritos alegados.

No se admitirán, ni valorarán los méritos que vengan

certificados de forma distinta a la descrita en el párrafo anterior.

En cualquier caso, será competencia del Tribunal Calificador valorar la autenticidad y duración del tiempo efectivo de trabajo prestado en cualquier Administración Pública o de forma privada pudiendo solicitar adicionalmente al interesado todos los documentos necesarios para clarificar el tiempo de duración de su experiencia profesional.

La puntuación máxima que se podrá valorar en concepto de experiencia profesional será de catorce puntos.

2. Fase de oposición. Constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de tipo test de 30 preguntas alternativas, durante un período máximo de cuarenta minutos, relacionadas con los temas que se incluyen en el apartado A) Materias comunes del Anexo I.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de tipo test de 60 preguntas, durante un período máximo de ochenta minutos, relacionadas con los temas que se incluyen en el apartado B) Materias específicas del referido Anexo I.

Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico, adecuado a la plaza a la que se aspira a elegir por el opositor de entre tres propuestos por el Tribunal.

Octava. Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios de la oposición serán calificados por cada miembro del Tribunal, otorgando una puntuación de 0 a 10 puntos, quedando eliminado el opositor que no alcance una media de 5 puntos en cada uno de ellos.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios de la oposición y en su caso, de la otorgada en la fase de concurso.

Novena. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramientos.

Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aprobados, por orden de puntuación, en la que constará las calificaciones otorgadas en cada prueba y el resultado final. Los interesados podrán interponer reclamación en el plazo de tres días ante el Tribunal, y éste deberá resolver en idéntico plazo la reclamación. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso ordinario, en el plazo de un mes, ante el Presidente de la Corporación. Igualmente podrá interponerse directamente recurso ordinario, en dicho plazo sin necesidad de reclamación previa ante el Tribunal.

La reclamación definitiva de aprobados, una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se expondrá en el tablón de

anuncios y será elevada al Presidente de la Corporación para que formule la correspondiente contratación. En dicha relación figurarán los aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.

Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación a partir de la publicación de la lista de

aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base 2.a) y que son:

Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, vigente según Resolución de 5.11.85.

Copia autenticada o fotocopia, que deberá presentarse

acompañada del original para su compulsa, del título de Arquitecto Técnico, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

Si estos documentos estuvieran expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron sus estudios.

Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función, expedido por la Delegación Territorial de Sanidad.

Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario del Servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Declaración jurada de no hallarse incurso en casos de

incapacidad o incompatibilidad.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior

nombramiento debiendo presentar certificación del Ministerio, Corporación Local y Organismo Público del que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.

Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser contratados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso se propondrá para su contratación a aquel candidato que le siga por orden de puntuación y que habiendo superado todos los ejercicios de la convocatoria, no hubiese sido propuesto por no existir número suficiente de plazas a cubrir, requiriéndosele para que en el plazo de veinte días naturales presente la documentación pertinente a efectos de poder ser contratado.

Una vez aprobada la propuesta por el Presidente de la

Corporación, se efectuará la contratación en el plazo de treinta días hábiles a contar del siguiente en que les sea notificada su propuesta. Quienes no se presentaren en el plazo señalado, perderán el derecho a dicha contratación.

El solo hecho de presentar instancias solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases reguladoras de la misma que tienen consideración de Ley reguladora de esta convocatoria.

La presente convocatoria, bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos, formas y plazos establecidos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, a partir de la publicación de la misma en los Boletines anteriormente citados.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto en estas bases y disposiciones vigentes que regulen la materia.

Todos los avisos, citaciones y convocatorias que el Tribunal haya de hacer a los aspirantes que no sean las que

obligatoriamente se mencionan en estas bases, se realizarán únicamente por medio del tablón de anuncios.

ANEXO I

A) MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución Española: Concepto, promulgación, antecedentes. La Constitución de 1978. Composición, principios generales. Contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Antecedentes. Tratamiento constitucional.

Clasificación. Descripción de lo clasificado. Garantías de las libertades públicas y de los derechos fundamentales.

Suspensión de los derechos y libertades.

Tema 2. La organización territorial del Estado: Preceptos constitucionales. La Administración Local. El régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía de

Andalucía.

Tema 3. Principios generales del procedimiento administrativo: Fase del procedimiento administrativo. El silencio

administrativo. Los recursos administrativos.

Tema 4. El acto administrativo. La validez del acto

administrativo.

Tema 5. La legislación urbanística. Evolución histórica de las sucesivas normas legales sobre el urbanismo.

Tema 6. El planeamiento urbanístico. Sistemas de planeamiento y tramitación de los planes. La clasificación del suelo. Concepto de solar. La ejecución del planeamiento.

Tema 7. El control de la edificación y uso del suelo. Las licencias urbanísticas. Naturaleza jurídica de las licencias. Competencias del Alcalde. El deber de obtener licencia previa. Alcance subjetivo del deber de obtener licencia.

Tema 8. Competencia y procedimiento para el otorgamiento de licencias. Eficacia de la licencia. El visado urbanístico.

Tema 9. La edificación. Consideraciones generales. El deber de conservación y sus límites. La declaración de ruina:

Expedientes y procedimientos. El deber especial de

conservación de la propiedad municipal.

Tema 10. La protección de la legalidad urbanística. Obras sin licencia o contralicencia. Suspensión de los efectos y

revisión de licencias. Obras y licencias en zonas verdes o espacios libres.

Tema 11. La salud y seguridad en el trabajo de la

construcción. Normativa de aplicación. Evaluación de riesgos y medidas de seguridad y salud en el trabajo. Estudios y

Estudios Básicos de Seguridad y Salud en el trabajo y Planes para su prevención. Personal con funciones de control y seguimiento en obras. Los Delegados de Prevención, sus

funciones.

Tema 12. Condiciones de protección contra incendios en los edificios. Normativa reguladora. Exigencias en el Proyecto de ejecución. Materiales y soluciones constructivas. Coeficientes y aislamientos.

B) MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 1. El medio urbano de Gilena: Infraestructura y

edificación. Características topográficas del asentamiento. Infraestructura básica. Análisis histórico de su trazado urbano. El proceso edificatorio. Capacidad residencial y desarrollo demográfico.

Tema 2. Planeamiento urbanístico vigente en Gilena. Proceso de formación. Fines y objetivos. Desarrollo previstos en suelo urbano y urbanizable. Grado de desarrollo: Ejecuciones.

Tema 3. Normas urbanísticas reguladoras en Gilena con relación a los siguientes tipos de suelo: Suelo Urbano, suelo

urbanizable, al suelo no urbanizable y de especial protección. Normas urbanísticas reguladoras en Gilena con relación a bienes catalogados.

Tema 7. El sistema urbano de saneamiento en Gilena.

Descripción. Estado. Características materiales.

Previsiones.Tema 8. El sistema urbano del viario público en Gilena. Descripción. Estado. Características materiales. Supresión de barreras arquitectónicas.

Tema 9. El control de la edificación y uso del suelo. Las licencias urbanísticas en Gilena. Descripción. Estado.

Características materiales. Previsiones.

Tema 10. Gilena en su contexto territorial. Situación,

localización geográfica. Origen de su estructura territorial. Superficie. Datos geográficos generales. Caracteres naturales y funcionales dentro de la estructura comarcal.

Tema 11. Medio físico e infraestructuras territoriales de Gilena. Geología y geomorfología. Hidrología. Edafología. Climatología.

Tema 12. El medio urbano de Gilena. Estructura funcional. Usos del suelo. La propiedad del suelo. El suelo público. Sistemas generales. Estructura general y orgánica.

Tema 13. Prolongación de alineaciones con obstáculos. Lectura de planos. Planímetros. Curvas de nivel.

Tema 14. Volúmenes. Cubicaciones de tierras. Cubicaciones de los edificios y elementos de los mismos.

Tema 15. Construcción y elementos físicos del inmueble. El solar susceptible de edificación. Derribos. Excavaciones,

entibaciones, terraplenes y desmontes. La cimentación:

Replanteo y nivelación. Andamiaje y encofrados.

Tema 16. Muros de carga. Estructura resistente: Pilares y vigas. Cerramientos. Cubiertas. Tejados y azoteas. Tabiquería. Aislamientos. Solados. Revestimientos y acabados. Carpintería, cerrajería y vidriera.

Tema 17. Cerramientos. Tabiquería. Aislamientos. Cubiertas. Tejados y azoteas. Solados. Revestimientos y acabados.

Tema 18. Instalaciones, saneamiento, fontanería, electricidad, calefacción, aire acondicionado, ventilación, aparatos

elevadores y de comunicación.

Tema 19. Obras de rehabilitación. Restauración.

Tema 20. Obras de urbanización. Firmes y pavimentos urbanos. Sistemas de regadío en las zonas verdes. Red de

alcantarillado: Imbornales y pozos. Materiales. Supresión de barreras arquitectónicas en el espacio público: Normativa vigente.

Tema 21. Documentos que componen un proyecto de urbanización. Obras municipales. Obras ordinarias de urbanización.

Procedimientos de aprobación.

Tema 22. El presupuesto de la obra. Las certificaciones. La liquidación. La recepción de la obra. Período de garantía. Liberación de fianzas. Revisión de precios. Fórmulas.

Tema 23. Mediciones y relaciones valoradas. División de la obra en unidades. La determinación del precio del contrato. Sistemas de presupuestación y estructuras de costes. Precios unitarios.

Tema 24. El presupuesto de ejecución material. El presupuesto de ejecución por contrata. Gastos derivados de las

obligaciones del contrato. El presupuesto general. El

presupuesto de adjudicación.

Tema 25. Relaciones generales entre las partes que intervienen en la ejecución de la obra. Plazos de ejecución de la obra. Programas de trabajo. Incidencias, modificación y resolución del contrato de obras. Suspensión de las obras.

Tema 26. Proyectos modificados: Derechos, límites, requisitos, cuantificación, responsabilidades.

Tema 27. Proyectos complementarios, alcance y contenido documental.

Tema 28. Programa informático GEST: Creación de unidades de una obra.

Tema 29. Programa informático GEST: Creación de mediciones y presupuesto de una obra. Certificaciones de obras.

Tema 30. Programa informático GEST: Impresión de los distintos apartados que componen el presupuesto y la medición de una obra.

Tema 31. Programa informático Autocad 2000: Creación de dibujos en dos dimensiones.

Tema 32. Programa informático Autocad 2000: Acotación. Textos. Objetos. Sombreados. Superficies.

Tema 33. Programa informático Autocad 2000: Impresión de planos. Plumillas, escalas.

En Gilena a 2 de noviembre de 2001. El Alcalde-Presidente. El Secretario Acctal."

Lo que se hace saber para general conocimiento.

Gilena, 10 de diciembre de 2001.- El Alcalde-Presidente, José Manuel Reina Moreno.

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