Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 21/12/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 29 de noviembre de 2002, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se conceden subvenciones a Entidades Locales en materia de infraestructura turística, al amparo de la Orden y Resolución que se citan. Convocatoria 2002.

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Examinadas las solicitudes y documentación presentadas por las Entidades Locales que se indican, para acogerse a los beneficios de la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte, de 22 de diciembre de 2000, por la que se regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones en materia de infraestructura turística, modificada parcialmente por Orden de 18 de junio de 2002 (BOJA núm. 83, de 16.7.02), en su convocatoria para el ejercicio 2002, efectuada por Resolución de 19 de diciembre de 2001, de la Dirección General de Planificación Turística, por la que se convoca la concesión de subvenciones en materia de infraestructura turística.

Valorados los proyectos conforme a los artículos 4, 6 y 7 de la Orden reguladora y teniendo en cuenta el interés turístico de los proyectos presentados para el municipio donde se vayan a ejecutar y/o para esta provincia, así como los límites establecidos en función de las disponibilidades presupuestarias existentes.

Resultando que las solicitudes, documentación y fines de las actuaciones indicadas se ajustan a lo previsto en la Orden citada y la Resolución de 19 de diciembre de 2001.

Resultando que en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma existe crédito suficiente con cargo al cual se financiarán las subvenciones concedidas, en las aplicaciones presupuestarias siguientes:

0.1.14.00.01.29. .765.03 .75B .4.

0.1.14.00.01.29. .766.00 .75B .2.

1.1.14.00.17.29. .765.00 .75B .7.2001

3.1.14.00.01.29. .765.03 .75B .8.2003

Resultando que, según establece el artículo 10 de la Orden reguladora, en su nueva redacción dada por la Orden de 18 de junio de 2002, la presente Resolución se publicará en el tablón de anuncios de la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo y Deporte en Málaga, en los términos del artículo

59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos. Asimismo, establece el citado artículo que se publicará simultáneamente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía un extracto del contenido de la resolución, indicando el tablón de anuncios referido anteriormente donde se encontrará expuesto su contenido íntegro.

En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias delegadas por el Consejero en el artículo 11 de la Orden reguladora, esta Delegada Provincial en Málaga de la Consejería de Turismo y Deporte,

RESUELVE

Primero. Conceder a las Entidades Locales que se relacionan en el Anexo, las siguientes subvenciones por los importes que se indican, correspondientes al porcentaje de la inversión aprobada que también se señala, con el objeto, plazo de ejecución y demás condiciones que igualmente se especifican. El procedimiento de concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva.

Segundo. Los importes definitivos de las subvenciones concedidas se liquidarán aplicando al coste de la actividad o inversión efectivamente realizada por las entidades beneficiarias, según justificación, el porcentaje de financiación definido en la presente Resolución, sin exceder en ningún caso el importe de la subvención concedida.

Tercero. Los proyectos subvencionados deberán estar

ejecutados en su totalidad en los plazos que se indican en el Anexo a la presente Resolución, computados en la forma

establecida en el correspondiente convenio de colaboración, entendiéndose que mediante la firma del citado convenio se realiza la aceptación por parte de las Entidades Locales beneficiarias de los términos recogidos en la presente

Resolución. En cualquier caso, los proyectos deberán iniciarse en el año de la convocatoria correspondiente.

Las Entidades Locales beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa de la inversión subvencionada en el plazo de tres meses a partir del término establecido para la realización de la misma.

El abono de la subvención se realizará de la siguiente forma: El 75% se abonará por la Consejería de Turismo y Deporte a la suscripción del convenio tipo previsto en la Orden de 22 de diciembre de 2000, con el carácter de pago en firme con justificación diferida; el 25% restante se abonará a la presentación del certificado final de obra o de las facturas por el 100% de la obra ejecutada, aprobadas por el Pleno u órgano competente de la Entidad Local.

Cuarto. Los proyectos subvencionados deberán quedar afectos al uso turístico previsto durante un plazo mínimo de cinco años, contados a partir de la fecha de su terminación, de acuerdo con el artículo 13.8 de la Orden reguladora.

Quinto. Las Entidades Locales beneficiarias estarán sometidas a los requisitos y condiciones impuestos por la presente Resolución, así como al cumplimiento estricto de las

obligaciones impuestas por la Orden de 22 de diciembre de 2000. Por su parte, y según establece el apartado primero, punto 6, de la Resolución de 19 de diciembre de 2001, de la Dirección General de Planificación Turística, el cumplimiento de los criterios tenidos en cuenta para la priorización del proyecto tiene la consideración de condición que determina la concesión de la subvención, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Orden.

En caso de incumplimiento, procederá la revocación de la subvención concedida, con pérdida de los beneficios obtenidos, reintegro de las cantidades percibidas y exigencia del interés de demora en su caso, de acuerdo con lo previsto en la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad autónoma de Andalucía.

Sexto. Toda alteración de las circunstancias, requisitos y condiciones tenidas en cuenta para la concesión de estas subvenciones o el incumplimiento de las condiciones impuestas, y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, estatales o no, podrá dar lugar a la modificación de la presente Resolución, así como del correspondiente convenio de colaboración, o la declaración de pérdida de efectos de los mismos y, en ambos casos, si procede, de reintegro.

Séptimo. En cumplimiento de la Decisión 94/342/CE, se señala que la Unión Europea participa en la financiación de estos proyectos a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Octavo. Se desestiman las solicitudes de subvenciones que no figuran en el Anexo a la presente Resolución, en base a las limitaciones presupuestarias, situaciones de exclusión por deficiencias de documentación del expediente, tratarse de proyectos no subvencionables o como consecuencia de la

valoración de los distintos proyectos realizada según los criterios y requisitos establecidos en la Orden de 22 de diciembre de 2000, y Resolución de 19 de diciembre de 2001.

Noveno. Publíquese la presente Resolución en el tablón de anuncios de la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo y Deporte en Málaga (Avda. de la Aurora, núm. 47, Edif. Administrativo de Servicios Múltiples, planta, 9.ª, de Málaga) y, simultáneamente, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, lo que de acuerdo con el artículo 10 de la Orden reguladora sustituye a la notificación personal, surtiendo los mismos efectos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso contencioso- administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos

10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente requerimiento de anulación del acto en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en el art. 44 de la citada Ley.

Málaga, 29 de noviembre de 2002.- La Delegada, María José Lanzat Pozo.

ANEXO

Expediente: MA-005/02-IT.

Ayto./EE.LL. Beneficiario/a: Algarrobo.

Objeto: Embellecimiento acceso a núcleo urbano (ajardinamiento margen derecho de la C.N. 340 dirección Nerja en las zonas identificadas en el proyecto presentado como zonas A, B, C, D y E, e iluminación en la zona D.).

Importe de la subvención: 39.635,1 euros.

Porcentaje que representa del costo de la actividad: 75%. Importe de la inversión aprobada: 52.846,80 euros.

Plazo ejecución: 4 meses.

Expediente: MA-010/02-IT.

Ayto./EE.LL. Beneficiario/a: Alhaurín de la Torre.

Objeto: Embellecimiento acceso a núcleo urbano (carretera C-

366-A dirección a Málaga).

Importe de la subvención: 96.978,9 euros.

Porcentaje que representa del costo de la actividad: 75%. Importe de la inversión aprobada: 129.305,20 euros.

Plazo ejecución: 20 meses.

Expediente: MA-003/02-IT.

Ayto./EE.LL. Beneficiario/a: Diputación Provincial.

Objeto: Oficina de Información Turística (sólo

acondicionamiento del local para Centro de Difusión y Promoción del Turismo de Interior).

Importe de la subvención: 76.367,33 euros.

Porcentaje que representa del costo de la actividad: 75%. Importe de la inversión aprobada: 101.823,11 euros.

Plazo ejecución: 8 meses.

Expediente: MA-002/02-IT.

Ayto./EE.LL. Beneficiario/a: Fuengirola.

Objeto: Puesta en valor turístico de elemento patrimonial singular (Iluminación ornamental del Castillo de Sohail). Importe de la subvención: 82.453,29 euros.

Porcentaje que representa del costo de la actividad: 75%. Importe de la inversión aprobada: 109.937,72 euros.

Plazo ejecución: 7 meses.

Expediente: MA-017/02-IT.

Ayto./EE.LL. Beneficiario/a: Mancomunidad Municipios Costa del Sol Axarquia.

Objeto: Oficina de Información Turística (Oficina de

Información y Documentación Turística en la sede de la

Mancomunidad).

Importe de la subvención: 70.246,29 euros.

Porcentaje que representa del costo de la actividad: 75%. Importe de la inversión aprobada: 93.661,72 euros.

Plazo ejecución: 8 meses.

Expediente: MA-006/02-IT.

Ayto./EE.LL. Beneficiario/a: Mijas.

Objeto: Embellecimiento acceso núcleo urbano (remodelación fuente, acerado, mobiliario urbano, iluminación, muro

mampostería); Adecuacióin mirador en Crta. Mijas a Coín (acerado, iluminación, mobiliario urbano, jardineras);

Construcción OITl, Puntos de información interactivo;

Acondicionamiento paseo marítimo La Butibamba (solería, iluminación, mobiliario urbano, accesos a playa para

minusválidos).

Importe de la subvención: 116.475,52 euros.

Porcentaje que representa del costo de la actividad: 75%. Importe de la inversión aprobada: 155.300,70 euros.

Plazo ejecución: 9 meses.

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