Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 26/12/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 14 de noviembre de 2002, de la Dirección General de Comunidades Andaluzas, por la que se adjudica una Beca de Investigación en el Area de Comunidades Andaluzas.

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Habiéndose presentado, en forma reglamentaria, renuncia de doña Isabel Portillo Macías, a la Beca de Investigación en el Area de Comunidades Andaluzas, que le fue concedida mediante Resolución de 11 de junio de 2002, procede adjudicar dicha beca por el período restante hasta completar doce meses a don Oscar Barranco Pérez, con NIF núm. 31.868.990-Y, por ser el candidato siguiente en orden de puntuación, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Orden de 27 de septiembre de 2002, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de Formación e Investigación,

RESUELVE

Primero. Adjudicar una beca de Investigación en el Area de Comunidades Andaluzas a Don Oscar Barranco Pérez.

Segundo. El beneficiario de dicha beca estará adscrito a la Dirección General de Comunidades Andaluzas, para la investigación sobre la realidad de las comunidades andaluzas asentadas fuera del territorio andaluz.

Tercero. La beca tendrá una asignación bruta mensual de

871,47 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria

0.1.11.00.01.00.482.00, del programa 31K.

Cuarto. El beneficiario de la beca deberá incorporarse a la Dirección General de Comunidades Andaluzas el día 1 de diciembre de 2002.

Quinto. Notifíquese esta Resolución al adjudicatario, con indicación de que habrá de aceptar la beca en un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente a su notificación, así como cuantas obligaciones se deriven de la Orden que las regula y, expresamente, declarando no hallarse incurso en la incompatibilidad establecida en el artículo 5.4 de la citada Orden. Así mismo, se le advertirá que pasado el expresado plazo sin que conste la aceptación, quedará sin efecto la adjudicación efectuada.

Sexto. La concesión y disfrute de la beca no implicará ningún tipo de relación laboral entre el beneficiario y la Junta de Andalucía.

Séptimo. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 14 de noviembre de 2002.- La Directora General, Silvia López Gallardo.

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