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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de
2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto
37/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las Tarifas de Transporte Urbano Colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TRANSPORTES URBANOS DE SEVILLA, S.A.M. (TUSSAM). SEVILLA
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Billete Univiaje 0,9 euros Bonobús 10 viajes:
- Sin transbordo 3,8 euros
- Con transbordo 4,5 euros
Abono 30 días (antigua Tarjeta mensual) 26,0 euros Tarjeta pensionista Gratuita Tarjeta tercera edad Gratuita Servicio Feria y otros servicios especiales 1,0 euro Tarjeta turística 1 día (Nuevo título con validez para su titular durante el día natural a que corresponda, sin límite de viajes) 3,0 euros Tarjeta turística 3 días 7,0 euros Aeropuerto:
- Univiaje 2,10 euros
- Tarjeta mensual 30,05 euros
Esta Resolución surtirá efecto el día 1 de enero de 2002, siempre que la publicación, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se produzca con anterioridad a dicha fecha
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.
Sevilla, 10 de diciembre de 2001.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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