Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 05/01/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 12 de diciembre de 2001, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hacen públicos los listados definitivos de beneficiarios y excluidos de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 2000, en sus modalidades de Guardería y cuidado de hijos y Subvención de alquileres para el personal al servicio de la Junta de Andalucía.

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Vistas las solicitudes presentadas, relativas a las modalidades de ayudas de referencia, a tenor de la convocatoria pública de ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal funcionario y no laboral y laboral, al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, efectuada mediante Resoluciones de fechas 27 y 29 de septiembre de 2000 (BOJA núm.

121, de 21 de octubre), correspondientes a Guardería y cuidado de hijos, la primera, y Subvención de alquileres, la segunda, tienen lugar los siguientes

HECHOS

Primero. Que, mediante Resolución de 10 de septiembre de 2001 (BOJA núm. 114, de 2 de octubre), se hicieron públicos los listados provisionales de admitidos y excluidos para la concesión de las ayudas mencionadas.

Segundo. Que habiendo transcurrido dicho plazo y, una vez ultimada la tramitación de las ayudas referidas conforme a la normativa de aplicación vigente, resulta procedente publicar un listado definitivo de beneficiarios de la misma.

A tales Hechos resultan de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. La Disposición Adicional Primera de la Orden de la Consejera de Justicia y Administración Pública de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo), mediante la que se aprueba el Reglamento de ayudas de Acción Social, relativa a la competencia para conocer sobre esta materia.

II. Los artículos 5, 28 a 31 y 38 a 41 de las Ordenes de la Consejera de Gobernación de 10 y 12 de julio de 1996 (BOJA núm.

85, del día 25), mediante las que se aprobaron los anteriores Reglamentos de Ayudas de Acción Social, que son de aplicación en la presente convocatoria, en base a lo que establece la Disposición Transitoria de la Orden citada en el Fundamento de Derecho Primero, y que regulan el procedimiento de adjudicación de esta ayuda que, entre otras cosas, establecen que, transcurrido el plazo para formular reclamaciones a los listados provisionales, éstos se elevarán a definitivos con las modificaciones a que hubiera lugar.

Vistos los Hechos y los Fundamentos de Derecho expuestos y demás de general aplicación, esta Dirección General

RESUELVE

Publicar los listados definitivos del personal funcionario y no laboral y del personal laboral, beneficiario de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 2000, en la modalidad de «Guardería y cuidado de hijos¯ y «Subvención de alquileres¯, así como del personal excluido de estas ayudas, con indicación de las causas de exclusión que, a tales efectos, quedarán expuestos en las Delegaciones Provinciales de esta Consejería.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer los siguientes recursos:

El personal funcionario y no laboral podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Sevilla o ante el Juzgado en cuya

circunscripción tuviera el demandante su domicilio, a elección de este último, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos

120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Sevilla, 12 de diciembre de 2001.- El Director General, Vicente Vigil-Escalera Pacheco.

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