Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 05/01/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DOCE DE MALAGA

EDICTO dimanante del juicio verbal núm. 404/1999. (PD. 3592/2001).

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NIG: 2906742C1999C000851.

Procedimiento: Juicio Verbal 404/1999. Negociado: 4. Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don Sergio Blanco Díez.

Procurador: Sr. Ansorena Huidobro, Angel. Letrado/a: Sr./a.

Contra: Don Rafael Rodríguez Gómez, don Máximo González, y Cía. de Seguros Plus Ultra y Consorcio de Compensación de Seguros. Procurador: Sr. Manosalbas Gómez, Manuel. Letrado/a: Sr./a.

En el procedimiento Juicio Verbal 404/1999 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga a instancia de Sergio Blanco Díez contra Rafael Rodríguez Gómez, Máximo González, Cía. de Seguros Plus Ultra y Consorcio de Compensación de Seguros sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En Málaga, a cinco de diciembre de dos mil. El Sr. don José Aurelio Pares Madroñal, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal 404/1999 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Sergio Blanco Díez con Procurador don Ansorena Huidobro, Angel, y de otra como demandado don Rafael Rodríguez Gómez, Máximo González, Cía. de Seguros Plus Ultra, representada por el Procurador Sr. Manuel Manosalbas Gómez, y Consorcio de Compensación de Seguros, sobre reclamación de cantidad, y,

F A L L O

Que estimando la demanda presentada por el Procurador Sr. Ansorena Huidobro, en nombre y representación de don Sergio Blanco Díez, contra don Rafael Rodríguez Gómez, don Máximo González, la Cía. de Seguros Plus Ultra y el Consorcio de Compensación de Seguros, se condena a don Rafael y don Máximo al pago solidario al actor de la suma de 525.257 ptas., más los intereses legales correspondientes, y solidariamente con ellos, pero sólo hasta la cantidad de 455.257 ptas. al Consorcio de Compensación de Seguros, debiendo abonar dicho organismo los intereses legales de tal suma al 20% anual desde el 25.7.1998, fecha del accidente, todo ello con imposición a los demandados de las costas causadas.

Contra esta Resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr./Sra Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Málaga.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Rafael Rodríguez Gómez y Máximo González, extiendo y firmo la presente en Málaga, 13 de diciembre de 2001.- El/La Secretario.

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