Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 23/02/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 18 de abril de 2001, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza un conjunto de instalaciones eléctricas en 220/66/20 kV para evacuación de energía producida en parques eólicos de la zona de Tarifa (Cádiz) (Expte. DP AT 4985/99). (PP. 1758/2001).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La empresa Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A., con domicilio en Avda. de la Borbolla, núm. 5, solicitó con fecha 1 de julio de 1999, en la Delegación Provincial de Cádiz de la entonces Consejería de Trabajo e Industria, Autorización Administrativa para realizar las siguientes instalaciones:

- Subestación "Tarifa" 400/220/66 kV, que será compartida con Red Eléctrica Española, siendo la parte propiedad de Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A., únicamente los elementos necesarios para la transformación de 220/66/20 kV.

- Subestación "Facinas" 220/66/20 kV.

- Línea A.T. 220 kV D/C de interconexión Tarifa-Facinas.

Y cuya finalidad es evacuar la energía eléctrica producida por los parques eólicos de la zona de Tarifa.

Segundo. De acuerdo con la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; el artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, que regula el procedimiento para el otorgamiento de Autorización Administrativa en materia de instalaciones eléctricas, así como el artículo 20 del Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, de la Junta de Andalucía, que aprueba el Reglamento de Impacto Ambiental, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en BOJA núm. 105, de fecha 9 de septiembre de 1999, y BOP de Cádiz núm. 185, de fecha 11 de agosto de 1999.

Tercero. Consta en el expediente Declaración de Impacto Ambiental Favorable emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz de fecha 9 de agosto de

2000, que se publicó en BOP de Cádiz núm. 236, de fecha 10 de octubre de 2000.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la citada Autorización Administrativa, de acuerdo con el Título I, artículo 13.14, del Estatuto de Autonomía para Andalucía; Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, que regula el procedimiento para el otorgamiento de autorización administrativa en materia de instalaciones eléctricas; Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Segundo. El procedimiento para la obtención de Autorización Administrativa de instalaciones eléctricas está regulado en los artículos 8.º y siguientes del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, en virtud de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,

R E S U E L V E

Autorizar a la empresa Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A., las instalaciones eléctricas cuyas características principales serán:

Subestación "Tarifa" 400/220/66/20 kV.

Compartida con Red Eléctrica Española, S.A. (REE) siendo propiedad de Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. (CSE), únicamente los elementos para transformación 220/66/20 kV.

Transformadores:

220/66 kV 120 MVA + 120 MVA Reserva.

66/20 kV 3 x 30 MVA + 30 MVA Reserva.

Control, Mando, Protecciones y Servicios Auxiliares.

Subestación "Facinas" 220/66/20 kV:

Transformadores: 220/66 kV 120 MVA + 120 MVA Reserva.

66/20 kV 4 x 30 MVA + 30 MVA Reserva.

Control, Mando, Protecciones y Servicios Auxiliares.

Línea eléctrica aérea D/C 220 kV:

Origen: Subestación Facinas.

Final: Subestación Tarifa.

Longitud: 17,75 km.

Tipo: Aérea D/C (en primera fase se montará un solo circuito).

Conductores: LARL - 455 + ARLE 9,78 + Cable fibra.

Apoyos: Metálicos galvanizados.

Aisladores: Cadenas de 16 elementos de composite.

Término municipal afectado: Tarifa.

Esta Autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, condicionada al

cumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental ante

riormente citada, y sin perjuicio de las que correspondan conceder a otros Organismos.

La citada instalación no podrá construirse mientras no cuente el peticionario con la aprobación del proyecto de ejecución previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, debiendo tramitarse la indicada aprobación en un plazo de un año.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 18 de abril de 2001.- El Director General, Jesús Nieto González.

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