Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 26/02/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 27/2002, de 29 de enero, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Laujar de Andarax (Almería), de una parcela sita en los pagos del Hinojar y del Ejido de la citada localidad, con destino a Instituto de Enseñanza Secundaria, y se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia.

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Por el Ayuntamiento de Laujar de Andarax (Almería) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela ubicada en los pagos del Hinojar y del Ejido de dicho municipio, segregada de la Hacienda El Visillo, con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria.

Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 29 de enero de 2002,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Laujar de Andarax (Almería) de la siguiente finca:

Trozo de tierra de 10.000 m procedente de la hacienda conocida por el nombre de "El Visillo", "Vista Alegre" y "Casería", situado en los pagos del Hinojar y del Ejido, término de Laujar de Andarax. Linda: Norte, resto de finca matriz y finca "El Almendral; Sur, carretera de Alcolea a Laujar; Este, finca "El Almendral"; y, Oeste, finca matriz.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Canjayar, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de Laujar de Andarax, al folio 6 del tomo 1.202, libro 97, finca núm.

7.436. Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo

27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública que será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley

4/1986, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela donada, que se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a Instituto de Enseñanza Secundaria.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 29 de enero de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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