Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 26/02/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 28 de enero de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 1966/87-14 y de la sentencia dictada en el recurso de casación núm. 8335/94.

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En el recurso contencioso-administrativo número 1966/87-

14, interpuesto por la Compañía Mercantil Vilovigips, S.A., contra Resolución de 24 de septiembre de 1987, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Fomento de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto por la recurrente contra la Resolución de la Delegación Provincial de dicha Consejería en Almería, por la que se acordó cancelar el expediente de concesión directa de la explotación "Yesares núm. 39.967", se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha 17 de octubre de 1994, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Fallo: 1. Desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Enrique Alameda Ureña, en nombre de la Compañía Mercantil "Vilovigyps, S.A.", contra Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Fomento de fecha 24 de septiembre de 1987, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto por la recurrente contra la Resolución de la Delegación Provincial de dicha Consejería en Almería, notificada el 9 de febrero del mismo año, por la que se acordó cancelar el expediente de concesión directa de la explotación "Yesares núm. 39.967" y, en consecuencia, confirma el acto impugnado por no ser contrario a Derecho. 2. No hace especial pronunciamiento sobre las costas causadas."

En el recurso de casación núm. 8335/1994, tramitado ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Supremo, a instancia de Vilovigyps, S.A., se ha dictado Sentencia con fecha 21 de noviembre de 2001, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Fallamos: Primero. Ha lugar al recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la mercantil "Vilovigyps, S.A.", contra la sentencia que con fecha 17 de octubre de 1994 dictó la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el recurso número 1966 de 1987; sentencia que casamos, dejándola sin efecto. Segundo. En su lugar, y por las razones expuestas en esta sentencia, desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por dicha mercantil contra la Resolución del Director General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Fomento de la Junta de Andalucía, de fecha 24 de septiembre de 1987, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Delegación Provincial de dicha Consejería en Almería, que acordó cancelar el expediente de concesión de explotación "Yesares número 39.967."

En virtud de lo establecido en el artículo 3.º 5.ª de la Orden de 3 de octubre de 2000, de delegación de competencias, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de

13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 28 de enero de 2002.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.

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