Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 26/02/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 5 de febrero de 2002, del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por la que se delegan competencias en materia de gestión económica y de contratación administrativa.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Decreto 252/1988, de 12 de julio, de Organización del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, en el artículo 10.2 establece las funciones y atribuciones que corresponden al titular de la Dirección Gerencia de este Organismo.

En aras de una política de racionalización, agilización y simplificación administrativa esta Dirección Gerencia tiene delegada determinadas competencias en materia de gestión económica y de contratación administrativa en el Subdirector General de Asuntos Económicos y en los Delegados Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales dado que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.5 del Decreto 180/2000, de 23 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Asuntos Sociales, asumen las atribuciones establecidas en el artículo 15 del anteriormente citado Decreto 252/1988.

No obstante, ante la experiencia adquirida y, muy especialmente, la entrada en vigor de leyes y otras disposiciones relativas a la adopción del euro como moneda única en once países de la Unión Europea, así como del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones

Públicas y la publicación del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, hace conveniente dictar una nueva resolución adecuada a la situación actual.

Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de las atribuciones que me están conferidas.

RESUELVO

Primero. Se delega en el titular de la Subdirección General de Asuntos Económicos del Instituto Andaluz de Servicios Sociales las siguientes competencias:

a) Autorizar y aprobar los gastos en el ámbito del presupuesto centralizado del Instituto Andaluz de Servicios Sociales.

b) Ordenar el pago de las obligaciones contraídas por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales en cumplimiento de sus fines.

c) Todas las competencias que la normativa de Contratación Administrativa atribuye al órgano de contratación, en el ámbito del presupuesto centralizado, siempre que la cuantía sea inferior a 901.518,16 euros.

Segundo. Se delega en los titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales, en tanto que asumen las atribuciones establecidas en el artículo 15 del Decreto 252/1988, de 12 de julio, de organización del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, con la definición de unidades orgánicas presupuestarias diferenciadas, las siguientes competencias:

a) Autorizar y aprobar el gasto en el presupuesto correspondiente a su ámbito territorial.

b) Todas las competencias que la normativa de Contratación Administrativa atribuye al órgano de contratación para el presupuesto de su ámbito territorial, siempre que su cuantía sea inferior a 300.506,05 euros, así como los actos que de ellos se deriven. Quedan exceptuados los contratos de obra nueva y equipamientos iniciales en centros de nueva creación.

Cuando la forma de adjudicación sea la subasta o el concurso, dicha circunstancia deberá comunicarse en el momento de la incoación del expediente al titular de la Subdirección

General de Asuntos Económicos que, si lo estima, podrá

designar representantes de la misma para asistir como vocales a la correspondiente Mesa de Contratación Provincial.

Tercero. La Dirección Gerencia podrá revocar en todo momento esta delegación de competencias, así como abocar su

conocimiento o resolución de cualquier asunto comprendido en ella.

Cuarto. Las resoluciones y actos que se adopten en virtud de esta Resolución indicarán esta circunstancia, con expresión de las fechas de aprobación de la misma y de su publicación en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. Queda sin efecto la Resolución de 21 de noviembre de

1995, de la Dirección Gerencia del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por la que se delegan competencias en materia de Contratación Administrativa, la Resolución de 2 de junio de 1998, de la Dirección Gerencia del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por la que se revoca la delegación de competencias de que dispone el Subdirector General de Asuntos Económicos en materia de Contratación Administrativa y la Resolución de 14 de septiembre de 2000, de la Dirección Gerencia del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por la que se delegan competencias en materia de Gestión Económica y Contratación.

Sexto. La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de febrero de 2002.- La Directora Gerente,

Adoración Quesada Bravo.

Descargar PDF