Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 08/01/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 269/2001, de 11 de diciembre, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Benahadux (Almería), de un inmueble sito en la calle Sevilla, núm. 27 de la citada localidad, con destino a Centro de Salud; y se adscribe al Servicio Andaluz de Salud.

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Por el Ayuntamiento de Benahadux (Almería) fue ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía, un inmueble ubicado en el núm. 27 de la calle Sevilla de dicho municipio, con destino a Centro de Salud.

Por la Consejería de Salud se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación destinada a la asistencia primaria de la población del Bajo Andarax.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 11 de diciembre de 2001,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Benahadux (Almería) de la siguiente finca y del inmueble construido sobre la misma:

Urbana en el sitio Cañada o Cueva de la Viña, conocida también por Rambla de Ortega o de los Marchales, en término de Benahaux, con superficie de 1.105 m¯. Linda: Norte, zona verde y zona de servidumbre de la carretera nacional 340; Sur, calle sin nombre; Este, calle Sevilla; y, Oeste, zona de servidumbre de la 340.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 3 de Almería, a favor del Ayuntamiento de Benahadux, al folio 129 del tomo 1.838, libro 46, finca núm. 3.239.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública que será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley

4/1986, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía del solar e inmueble donados, que se adscriben al Servicio Andaluz de Salud con destino a Centro de Salud tipo II.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 11 de diciembre de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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