Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 19/03/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ACUERDO de 12 de febrero de 2002, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la modificación de las normas subsidiarias de planeamiento municipal de Peal de Becerro (Jaén) en el ámbito residencial Pablo Iglesias relativa al cambio de ubicación de zonas verdes.

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El Ayuntamiento de Peal del Becerro (Jaén), ha tramitado la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de dicho municipio, relativa al cambio de ubicación de zonas verdes dentro del ámbito del Plan Parcial del sector residencial "Pablo Iglesias" pasando, los terrenos situados junto al Polideportivo, de espacio libre a residencial, comercial y aparcamiento y vial, y a zona verde, unos terrenos con calificación de residencial situados en la manzana conformada por las calles E, D y K, junto a otra zona verde y dando al viario perimetral norte. La aprobación inicial y provisional de la misma se realizó por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 21 de octubre de 1999 y de 10 de julio de

2000, respectivamente.

El artículo Unico de la Ley 1/1997, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (artículo 129 del TRLS92) establece que la aprobación definitiva de las modificaciones de planeamiento que afecten a zonas verdes o espacios libres corresponde al órgano ejecutivo superior de naturaleza colegiada de la Comunidad Autónoma, previo informe favorable del Consejero competente por razón de la materia y del Consejo de Estado u órgano autonómico que corresponda.

El Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, atribuye en su artículo 4.3.1, en su redacción dada por el Decreto

102/1999, de 27 de abril, que modifica el Decreto anterior, la competencia para esta aprobación al Consejo de Gobierno y la de informe al Consejero de Obras Públicas y Transportes, en su artículo 5.2.15.

La Ley 8/1993, de 19 de octubre, de creación del Consejo Consultivo de Andalucía, atribuye en su artículo 16.8.d) a este órgano la competencia para la emisión de dictamen en este tipo de modificación del planeamiento urbanístico.

En desarrollo de los anteriores preceptos, con fecha 20 de julio de 2001 la Consejera de Obras Públicas y Transportes informa favorablemente sobre la presente Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento municipal de Peal de Becerro (Jaén) en el ámbito residencial Pablo Iglesias relativa al cambio de ubicación de zonas verdes, de acuerdo con el Informe de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 5 de julio de 2001. Asimismo, con fecha 29 de noviembre de 2001 ha sido emitido Dictamen favorable por el Consejo Consultivo de Andalucía.

En virtud de los antecedentes expuestos, a propuesta de la Consejera de Obras Públicas y Transportes, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 12 de febrero de 2002,

A C U E R D A

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Peal de Becerro (Jaén) en el ámbito residencial "Pablo Iglesias", relativa al cambio de ubicación de zonas verdes dentro del ámbito del Plan Parcial del sector residencial "Pablo Iglesias".

Segundo. Este Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 29 del Decreto 77/1994 y se notificará al Ayuntamiento de Peal de Becerro (Jaén).

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación del presente Acuerdo, de conformidad con los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación o, en su caso, notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de febrero de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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