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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 72.2 y
104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Sevilla en el Procedimiento Abreviado núm. 658/01, promovido por la Central
Sindical Independiente de Funcionarios, y para general conocimiento se publica la misma, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que debo estimar y estimo el recurso contencioso- administrativo interpuesto por la recurrente contra la Resolución de la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía de fecha 26 de julio de 2001, que se declara nula por ser contraria a Derecho. Sin costas.
Sevilla, 20 de febrero de 2002.- El Delegado, Francisco Obregón Rojano.
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