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De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, dada la imposibilidad de practicar notificación en el último domicilio conocido a las entidades interesadas que a continuación se relacionan, se les hace saber a través de este anuncio, que han sido dictadas las siguientes resoluciones en expediente administrativo de reintegro:
Entidad: Cefama, S. Coop. And.
Núm. Expte.: SC.027.MA/93.
Dirección: Carretera Cártama, km. 8.
Asunto: Notificación Resolución de Expediente.
Importe a reintegrar (principal e intereses de demora):
5.991.462 ptas. (3.688.000 ptas + 2.303.462 ptas.).
Motivo: Incumplimiento de la obligación de justificar.
Entidad: Cocinas Puerto, S. Coop. And.
Núm. Expte.: SC.019.CA/95.
Dirección: Calle Micaela Aramburu, 8. 11500 El Puerto de Santa María (Cádiz).
Asunto: Notificación Resolución de Expediente.
Importe a reintegrar (principal e intereses de demora):
17.961,72 euros (2.988.579 ptas.). (13.522,77 euros + 4.438,95 euros).
Motivo: Incumplimiento de la obligación de justificar.
El reintegro de carácter voluntario deberá efectuarse en el siguiente plazo:
a) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 16 y último del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
El mismo deberá hacerse efectivo, en la siguiente cuenta bancaria:
Titular: Tesorería General de la Junta de Andalucía.
Código de Banco: 0049, Banco Santander Central Hispano.
Código de Sucursal: 6726, Oficina Puerta Jerez (Sevilla).
Dígito de Cotrol: 98.
Núm. C/C: 2516050144.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiese efectuado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva.
Asimismo, se le advierte expresamente al interesado que contra la resolución de reintegro, que agota la vía administrativa, puede interponerse:
a) Potestativamente, Recurso de Reposición ante el Director General de Economía Social en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación. Y, hasta tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo de conformidad con lo dispuesto en los artículos
107 y siguientes de la citada Ley 30/1992.
b) Directamente, Recurso contencioso-administrativo ante Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa
Administrativa.
Informándole que para el cómputo de los plazos mencionados la notificación se considera realizada a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.
Sevilla, 21 de febrero de 2002.- El Director General, Fernando Toscano Sánchez.
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